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Delitos contra el patrimonio en el ordenamiento jurídico

Los delitos contra el patrimonio afectan la esfera económica de las personas y la estabilidad del sistema económico. Se dividen en delitos patrimoniales, como el hurto y el robo, y delitos contra el orden socioeconómico. El hurto implica la sustracción sin consentimiento, mientras que el robo incluye fuerza o intimidación. La protección del patrimonio resuelve controversias sobre la propiedad y la posesión.

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1

Delitos contra patrimonio

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Infracciones que dañan la propiedad de una persona, como el robo o el hurto.

2

Delitos contra orden socioeconómico

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Crímenes que afectan la economía de la sociedad, como la corrupción o la estafa.

3

Delitos de apoderamiento

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Delitos que implican tomar posesión de bienes ajenos sin consentimiento, como la apropiación indebida.

4

Los ______ patrimoniales buscan salvaguardar el conjunto de bienes y obligaciones de una persona.

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delitos

5

Los delitos de ______ se centran en objetos con valor ______ como su meta principal.

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apoderamiento económico

6

La defensa del ______ resuelve viejas disputas sobre la protección de la ______ o la ______.

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patrimonio propiedad posesión

7

La ______ de cosa propia es un ejemplo que afecta la ______ pero no cambia la ______ y está incluida en la protección patrimonial.

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sustracción posesión propiedad

8

Exención de responsabilidad penal para familiares

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Familiares directos sin proceso de separación legal o de hecho exentos de responsabilidad penal, no civil, en delitos patrimoniales sin violencia.

9

Penalización de actos preparatorios

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Actos preparatorios de delitos como robo o estafa son penalizados con penas menores en uno o dos grados a las del delito consumado.

10

Cuando se sustrae algo de ______ artístico, histórico o cultural, o se involucra a menores, el hurto se considera agravado y conlleva penas más ______.

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valor severas

11

Diferencia entre robo con fuerza y robo con violencia/intimidación

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Robo con fuerza: acceso al objeto mediante medios específicos. Robo con violencia/intimidación: coacción sobre la víctima durante el delito o huida.

12

Concepto de robo impropio

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Uso de fuerza o intimidación tras el apoderamiento, no para obtener el objeto.

13

Gravedad del delito de robo

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Siempre considerado grave o menos grave, penas severas, sin importar valor de lo sustraído.

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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Delitos contra el patrimonio en el ordenamiento jurídico

El Título XIII del Código Penal español está dedicado a los Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico, comprendiendo una serie de infracciones que afectan la esfera económica de las personas y la estabilidad del sistema económico. Estos delitos se dividen en delitos patrimoniales, que lesionan directamente el patrimonio de una persona, y delitos contra el orden socioeconómico, que pueden afectar la estructura económica de la sociedad. Los delitos patrimoniales se clasifican en aquellos que buscan un beneficio económico a expensas de terceros y aquellos que no persiguen enriquecimiento, como los daños. En esta sección, nos centraremos en los delitos de apoderamiento, que implican la apropiación indebida de bienes ajenos.
Balanza de justicia de dos platos en equilibrio, hecha de metal brillante con base decorada, sobre fondo neutro y difuminado.

Protección del patrimonio y objeto de los delitos patrimoniales

Los delitos patrimoniales protegen el patrimonio, que se define como el conjunto de bienes, derechos, deudas y obligaciones de una persona. Para que se considere que ha ocurrido un delito patrimonial, debe haber un daño económico a la víctima. Los delitos de apoderamiento se enfocan en bienes y derechos con valor económico, que son el objeto material de estos delitos. La protección del patrimonio como bien jurídico resuelve antiguas controversias doctrinales sobre la defensa de la propiedad o la posesión, y permite incluir situaciones como la sustracción de cosa propia, que afecta la posesión sin alterar la propiedad.

Normas comunes y exenciones en delitos patrimoniales

Hay normas comunes a todos los delitos patrimoniales, como la exención de responsabilidad penal, aunque no civil, para familiares directos que no estén en proceso de separación legal o de hecho y que cometan estos delitos entre sí sin violencia, intimidación o abuso de vulnerabilidad. Además, se penalizan los actos preparatorios de delitos como robo, extorsión, estafa o apropiación indebida, con penas menores en uno o dos grados a las del delito consumado.

El delito de hurto y sus particularidades

El hurto es un delito que consiste en la sustracción de una cosa mueble ajena sin el consentimiento de su propietario, con la intención de incorporarla al propio patrimonio. El objeto material debe ser una cosa mueble de valor económico, y la acción típica implica tomar la cosa, sacándola del ámbito de protección del dueño. El elemento subjetivo es el ánimo de lucro, y en situaciones excepcionales, como el "hurto famélico", puede aplicarse el estado de necesidad como causa de justificación. Existen tipos agravados de hurto, como la sustracción de bienes de valor artístico, histórico o cultural, o la implicación de menores en la comisión del delito, que acarrean penas más severas.

Distinción entre robo y hurto

El robo se diferencia del hurto por el empleo de fuerza en las cosas o violencia e intimidación en las personas para efectuar el apoderamiento. Es un delito más grave que el hurto, con penas más severas y considerado siempre como delito grave o menos grave, independientemente del valor de lo sustraído. El robo puede ser con fuerza en las cosas, utilizando medios específicos para acceder al objeto deseado, o con violencia o intimidación, que puede ocurrir durante la comisión del delito, en la huida o contra quienes intenten ayudar a la víctima. El robo impropio se da cuando el medio comisivo se utiliza tras haber realizado el apoderamiento.