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Las sustituciones testamentarias permiten a un testador designar un heredero secundario para suceder en caso de que el principal no pueda o no quiera aceptar la herencia. Se exploran las variantes vulgar, pupilar, ejemplar y fideicomisaria, así como su implementación en el derecho colombiano, donde se reconocen la vulgar y la fideicomisaria, reguladas bajo principios similares a los del derecho romano y la propiedad fiduciaria.
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Las sustituciones testamentarias son figuras jurídicas que permiten al testador designar un sucesor secundario en caso de que el heredero principal no pueda o no desee aceptar la herencia
Sustitución vulgar
Funciona como una cláusula condicional que permite al testador nombrar uno o más sustitutos en caso de que el heredero principal no acepte o no pueda asumir la herencia
Sustitución pupilar
Se aplica cuando un progenitor dispone de la herencia en favor de un hijo menor de edad que no ha alcanzado la pubertad
Sustitución ejemplar o cuasi-pupilar
Se utiliza para hijos que, por razones de incapacidad mental, no están en condiciones de testar
Sustitución fideicomisaria
Establece que los bienes pasen a una tercera persona después de la muerte del heredero instituido, sujeto a ciertas condiciones
Las sustituciones testamentarias permiten al testador designar herederos suplentes en caso de que el heredero principal no pueda o no desee aceptar la herencia
La sustitución vulgar es la más extendida y funciona como una cláusula condicional que permite al testador nombrar uno o más sustitutos en caso de que el heredero principal no acepte o no pueda asumir la herencia
La sustitución vulgar autoriza al testador a designar herederos suplentes en caso de que el heredero principal predecease al testador, fuese declarado indigno o renunciase a la herencia
Permite la designación de varios sustitutos en sucesión y se aplica la máxima "substitutus substituto censetur substitutus instituto"
La sustitución pupilar es un derecho exclusivo del paterfamilias que le permite disponer testamentariamente por un hijo menor de edad que aún no ha alcanzado la pubertad
Es aplicable únicamente a los descendientes directos bajo la potestad del testador y su eficacia está condicionada a la validez del testamento del padre
Se diferencia de la sustitución ejemplar en que puede ser establecida por cualquier ascendiente y pierde su efecto si el hijo alcanza la pubertad
La sustitución fideicomisaria permite al testador imponer al heredero la obligación de conservar y posteriormente transmitir los bienes heredados a un tercero tras un evento específico
En el derecho romano clásico, podía perpetuarse indefinidamente, pero en el derecho civil colombiano se limita a cuatro generaciones para prevenir la inmovilización de los bienes
En el derecho civil colombiano, se considera una forma de propiedad fiduciaria sobre un conjunto de bienes