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La Ley 590 de 2000, o 'Ley Mipyme', es esencial para el crecimiento de micro, pequeñas y medianas empresas en Colombia. Define criterios como número de trabajadores, ventas brutas y activos para clasificar empresas y otorgar beneficios. Con modificaciones hasta 2011, esta ley impulsa el sector económico y requiere que las empresas reporten ingresos en el RUES para acceder a incentivos.
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LA LEY 590 DE 2000 DEFINE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS COMO UNIDADES DE EXPLOTACIÓN ECONÓMICA REALIZADAS POR PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS EN ACTIVIDADES AGROPECUARIAS, INDUSTRIALES, COMERCIALES O DE SERVICIOS
NÚMERO DE TRABAJADORES TOTALES
EL NÚMERO DE TRABAJADORES TOTALES ES UNO DE LOS CRITERIOS UTILIZADOS PARA CLASIFICAR EL TAMAÑO EMPRESARIAL
VALOR DE VENTAS BRUTAS ANUALES
EL VALOR DE VENTAS BRUTAS ANUALES ES EL CRITERIO DETERMINANTE PARA LOS BENEFICIOS OTORGADOS POR EL GOBIERNO A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
VALOR DE ACTIVOS TOTALES
EL VALOR DE ACTIVOS TOTALES ES UNO DE LOS CRITERIOS UTILIZADOS PARA CLASIFICAR EL TAMAÑO EMPRESARIAL
SECTOR MANUFACTURERO
PARA EL SECTOR MANUFACTURERO, LOS RANGOS PARA DETERMINAR EL TAMAÑO EMPRESARIAL SE BASAN EN EL VALOR DE LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES ORDINARIAS ANUALES
SECTOR DE SERVICIOS
PARA EL SECTOR DE SERVICIOS, LOS RANGOS PARA DETERMINAR EL TAMAÑO EMPRESARIAL SE BASAN EN EL VALOR DE LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES ORDINARIAS ANUALES
SECTOR COMERCIAL
PARA EL SECTOR COMERCIAL, LOS RANGOS PARA DETERMINAR EL TAMAÑO EMPRESARIAL SE BASAN EN EL VALOR DE LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES ORDINARIAS ANUALES
MICROEMPRESA
EMPRESAS CON INGRESOS ANUALES IGUALES O INFERIORES A 32.988 UVT
PEQUEÑA EMPRESA
EMPRESAS CON INGRESOS ANUALES SUPERIORES A 32.988 UVT E INFERIORES O IGUALES A 131.951 UVT
MEDIANA EMPRESA
EMPRESAS CON INGRESOS ANUALES SUPERIORES A 131.951 UVT E INFERIORES O IGUALES A 483.034 UVT
MICROEMPRESA
EMPRESAS CON INGRESOS ANUALES IGUALES O INFERIORES A 44.769 UVT
PEQUEÑA EMPRESA
EMPRESAS CON INGRESOS ANUALES SUPERIORES A 44.769 UVT E INFERIORES O IGUALES A 431.196 UVT
MEDIANA EMPRESA
EMPRESAS CON INGRESOS ANUALES SUPERIORES A 431.196 UVT E INFERIORES O IGUALES A 2.160.692 UVT
EMPRESAS CON INGRESOS ANUALES MAYORES AL RANGO SUPERIOR DE LAS MEDIANAS EMPRESAS EN CADA SECTOR ECONÓMICO
LOS INGRESOS POR ACTIVIDADES ORDINARIAS SON AQUELLOS QUE SE ORIGINAN EN EL CURSO DE LAS ACTIVIDADES ORDINARIAS DE LA EMPRESA Y DEBEN CORRESPONDER AL AÑO INMEDIATAMENTE ANTERIOR
LAS EMPRESAS DEBEN ACREDITAR SU TAMAÑO MEDIANTE CERTIFICACIÓN DE SUS INGRESOS POR ACTIVIDADES ORDINARIAS
LAS EMPRESAS DEBEN REPORTAR OBLIGATORIAMENTE EL VALOR DE SUS INGRESOS POR ACTIVIDADES ORDINARIAS EN EL FORMULARIO RUES