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La Ley 181 de 1995 en Colombia es fundamental para el desarrollo del deporte, la recreación y la educación física. Establece la creación del Sistema Nacional del Deporte y define roles de entidades como Coldeportes y el Ministerio de Educación Nacional. Promueve la integración comunitaria y la participación en actividades físicas, asegurando infraestructura y programas a nivel nacional, departamental y municipal.
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LA LEY 181 DE 1995 TIENE COMO OBJETIVOS GENERALES EL PATROCINIO Y FOMENTO DEL DEPORTE, RECREACIÓN Y APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE, ASÍ COMO LA EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR DE NIÑEZ Y JUVENTUD
DERECHOS SOCIALES
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE QUE EL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y EL TIEMPO LIBRE SON ELEMENTOS FUNDAMENTALES DE LA EDUCACIÓN Y DEBEN SER PROMOVIDOS POR LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS
PRINCIPIOS
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIDAD, PARTICIPACIÓN COMUNITARIA, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, INTEGRACIÓN FUNCIONAL, DEMOCRATIZACIÓN Y ÉTICA DEPORTIVA COMO FUNDAMENTALES EN EL DESARROLLO DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN
RECREACIÓN
LA LEY 181 DE 1995 DEFINE LA RECREACIÓN COMO UN PROCESO DE ACCIÓN PARTICIPATIVA Y DINÁMICA
APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE
LA LEY 181 DE 1995 DEFINE EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE COMO EL USO CONSTRUCTIVO DEL TIEMPO LIBRE
EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR
LA LEY 181 DE 1995 DEFINE LA EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR COMO EL USO DEL TIEMPO LIBRE PARA LA FORMACIÓN INTEGRAL DE NIÑEZ Y JUVENTUD
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE QUE LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS DEBEN PATROCINAR, PROMOVER Y EJECUTAR ACTIVIDADES DE RECREACIÓN, ASÍ COMO COORDINAR Y PROMOVER PROGRAMAS RECREATIVOS POR ENTES DEPORTIVOS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES Y FOMENTAR LA EDUCACIÓN EXTRAESCOLAR POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, COLDEPORTES Y ENTES TERRITORIALES
LA LEY 181 DE 1995 DEFINE LA EDUCACIÓN FÍSICA COMO EL PROCESO DE FORMACIÓN INTEGRAL DE LA PERSONA A TRAVÉS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE QUE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Y COLDEPORTES SON RESPONSABLES DE PROMOVER Y REGULAR LA EDUCACIÓN FÍSICA EN EL PAÍS
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE QUE COLDEPORTES DEBE PROMOVER LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA EN EL CAMPO DE LA EDUCACIÓN FÍSICA
LA LEY 181 DE 1995 DEFINE EL DEPORTE COMO UNA ACTIVIDAD FÍSICA, RECREATIVA O COMPETITIVA QUE REQUIERE HABILIDAD Y ESFUERZO Y LO CLASIFICA EN DIFERENTES CATEGORÍAS
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE NORMAS PARA PROMOVER LA PARTICIPACIÓN DE PERSONAS CON LIMITACIONES EN EL DEPORTE, ASÍ COMO SU FOMENTO EN EMPRESAS Y CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR Y EN PROYECTOS DE RENOVACIÓN URBANA CON INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y EL RÉGIMEN LEGAL DEL DEPORTE ASOCIADO, INCLUYENDO LA ORGANIZACIÓN DE CLUBES CON DEPORTISTAS PROFESIONALES Y SUS REQUISITOS Y RESTRICCIONES
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE LOS REQUISITOS Y RESTRICCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN DE CLUBES CON DEPORTISTAS PROFESIONALES, INCLUYENDO EL NÚMERO MÍNIMO DE SOCIOS Y CAPITAL SOCIAL Y EL MANTENIMIENTO DEL FONDO SOCIAL O CAPITAL
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE QUE LOS CLUBES CON DEPORTISTAS PROFESIONALES DEBEN INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES Y EMISORES Y CUMPLIR CON CIERTOS REQUISITOS Y RESTRICCIONES
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE LIMITACIONES EN EL NÚMERO DE JUGADORES TRANSFERIDOS TEMPORALMENTE A UN MISMO CLUB Y CONDICIONES PARA LA LIBERTAD DE TRABAJO DESPUÉS DEL TÉRMINO DEL CONTRATO
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE ESTÍMULOS PARA DEPORTISTAS CON RECONOCIMIENTOS, INCLUYENDO SEGURO DE VIDA, SEGURIDAD SOCIAL Y AUXILIO FUNERARIO, ASÍ COMO CONDICIONES DE ELEGIBILIDAD BASADAS EN INGRESOS LABORALES
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES ACCESIBLES Y LA OBLIGACIÓN DE CONTAR CON MEDIOS DE ACCESIBILIDAD EN ESTABLECIMIENTOS DEPORTIVOS DEL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE
LA LEY 181 DE 1995 GARANTIZA ESTÍMULOS ECONÓMICOS Y BENEFICIOS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO EN SALUD PARA LAS GLORIAS DEL DEPORTE NACIONAL
LA LEY 181 DE 1995 DEFINE EL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE Y ESTABLECE SUS OBJETIVOS GENERALES
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE LA ELABORACIÓN DEL PLAN NACIONAL DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y LA EDUCACIÓN FÍSICA EN COORDINACIÓN CON ENTIDADES DEPORTIVAS Y SUS CONTENIDOS, OBJETIVOS, METAS, ESTRATEGIAS Y PRESUPUESTOS
LA LEY 181 DE 1995 ESTABLECE LAS FUNCIONES DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL Y COLDEPORTES EN EL FOMENTO, COORDINACIÓN Y CONTROL DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN Y LA EDUCACIÓN FÍSICA, ASÍ COMO LA CREACIÓN DEL INSTITUTO COLOMBIANO DEL DEPORTE (COLDEPORTES) COMO ESTABLECIMIENTO PÚBLICO DEL ORDEN NACIONAL CON AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA
EL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE EN COLOMBIA TIENE COMO FUNCIÓN PRINCIPAL PROMOVER LA COOPERACIÓN TÉCNICA Y DEPORTIVA A NIVEL INTERNACIONAL
EL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE EN COLOMBIA EJERCE FUNCIONES DE INSPECCIÓN Y CONTROL SOBRE LOS ORGANISMOS DEPORTIVOS DEL PAÍS
EL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE EN COLOMBIA BRINDA ASISTENCIA TÉCNICA A LOS ENTES TERRITORIALES PARA EL DESARROLLO DE PLANES DEPORTIVOS
LA JUNTA DIRECTIVA Y EL DIRECTOR GENERAL SON LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE EN COLOMBIA
LA JUNTA DIRECTIVA ESTÁ COMPUESTA POR REPRESENTANTES DE DIFERENTES SECTORES COMO MINISTROS, UNIVERSIDADES Y DEPORTISTAS
LA JUNTA DIRECTIVA TIENE COMO FUNCIONES PRINCIPALES ADOPTAR Y REFORMAR ESTATUTOS INTERNOS, EXAMINAR Y APROBAR PRESUPUESTO ANUAL, Y AUTORIZAR AL DIRECTOR GENERAL PARA ACTOS ESPECÍFICOS
EL DIRECTOR GENERAL ES EL REPRESENTANTE LEGAL DEL SISTEMA NACIONAL DEL DEPORTE EN COLOMBIA Y TIENE COMO FUNCIONES DIRIGIR ACCIONES HACIA LOS OBJETIVOS DEL SISTEMA, PROPONER PLANES Y PROGRAMAS GENERALES, Y NOMBRAR Y REMOVER PERSONAL
LOS ENTES DEPORTIVOS DEPARTAMENTALES INCORPORAN A LAS JUNTAS ADMINISTRADORAS SECCIONALES DE DEPORTE PARA SU FUNCIONAMIENTO
LOS ENTES DEPORTIVOS DEPARTAMENTALES TIENEN COMO FUNCIONES ESTIMULAR LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA E INTEGRACIÓN FUNCIONAL, COORDINAR Y DESARROLLAR PROGRAMAS EN EL TERRITORIO DEPARTAMENTAL, Y PROMOVER LA EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE Y RECREACIÓN
LA JUNTA DIRECTIVA DE LOS ENTES DEPORTIVOS DEPARTAMENTALES ESTÁ COMPUESTA POR REPRESENTANTES DEL GOBERNADOR, COLDEPORTES, LIGAS DEPARTAMENTALES, ENTES DEPORTIVOS MUNICIPALES Y SECTOR EDUCATIVO DEPARTAMENTAL
LOS MUNICIPIOS Y DISTRITOS SIN ENTE DEPORTIVO MUNICIPAL TIENEN UN PLAZO DE UN AÑO PARA SU CREACIÓN
LOS ENTES DEPORTIVOS MUNICIPALES TIENEN COMO FUNCIONES PROPONER PLANES Y PROYECTOS PARA EL PLAN SECTORIAL NACIONAL, ESTIMULAR LA PARTICIPACIÓN COMUNITARIA E INTEGRACIÓN FUNCIONAL, Y COOPERAR CON OTROS ENTES PÚBLICOS Y PRIVADOS
LA JUNTA DIRECTIVA DE LOS ENTES DEPORTIVOS MUNICIPALES ESTÁ COMPUESTA POR REPRESENTANTES DEL ALCALDE, COLDEPORTES, SECTOR EDUCATIVO Y ENTIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES