La posesión en el ámbito legal implica un poder de hecho sobre un bien, con la intención de actuar como propietario. Se clasifica en regular, con título legítimo y buena fe, e irregular, donde falta alguno de estos elementos. La buena fe se presume legalmente en la posesión, y la mera tenencia difiere al actuar por cuenta de otro. La adquisición y pérdida de la posesión tienen condiciones específicas, incluyendo la inscripción en registros para bienes determinados.
Mostrar más
La posesión es el poder de hecho que se ejerce sobre un bien
La posesión implica la intención de comportarse como si se fuera el propietario del bien
En el ámbito legal, se presume que quien ejerce la posesión es el propietario hasta que se pruebe lo contrario
La posesión regular se adquiere con un título legítimo y de buena fe
La posesión irregular carece de uno o ambos elementos, como un título legítimo o la adquisición de buena fe
La posesión irregular puede afectar los derechos del poseedor y las acciones legales disponibles
El justo título es un requisito para la posesión regular y puede ser de origen constitutivo o traslaticio de dominio
La posesión irregular se da cuando falta el justo título o la buena fe en la adquisición
Un título no es justo si se basa en documentos falsificados o se obtiene sin el consentimiento del propietario legítimo
La buena fe implica la creencia de que la adquisición de la propiedad se ha realizado de manera legítima y sin intención de defraudar
La ley otorga la presunción de buena fe en la posesión hasta que se demuestre lo contrario
Corresponde a quien alega mala fe probarla en caso de disputa sobre la posesión
La mera tenencia se distingue de la posesión en que el tenedor detenta el bien por cuenta de otro
La posesión de derechos intangibles puede ser regular o irregular, con las mismas calidades y defectos que la posesión de bienes tangibles
La mera tenencia no se transforma automáticamente en posesión con el paso del tiempo
La posesión puede adquirirse personalmente o por medio de un representante o mandatario
Para la posesión de bienes registrables, es necesaria la inscripción en el registro correspondiente para que surta efectos frente a terceros
La posesión se pierde cuando otra persona se apodera del bien con la intención de poseerlo, a menos que existan circunstancias legales que lo impidan