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Participación en la Gestión Educativa: Marco Constitucional y Órganos de Gobierno

La gestión educativa en España involucra a docentes, familias y alumnado en órganos como el Consejo Escolar y el Claustro de Profesores. Estos órganos colegiados son fundamentales para la calidad educativa y permiten la toma de decisiones importantes en la vida escolar. La legislación, incluyendo la LOMLOE, ha ido moldeando su estructura y competencias, enfatizando la participación activa y democrática de la comunidad educativa.

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1

Composición de la comunidad educativa

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Incluye docentes, familias y alumnado.

2

Función del Consejo Escolar

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Órgano colegiado para la participación en el gobierno de centros docentes.

3

Rol del Claustro de Profesores

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Cuerpo para la deliberación de aspectos educativos y organizativos del centro.

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Este órgano está compuesto por representantes de la comunidad escolar, incluyendo la ______, el profesorado y las familias.

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dirección

5

El Consejo Escolar tiene la responsabilidad de aprobar el ______ Educativo de Centro y la programación general anual.

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Proyecto

6

Entre las competencias del Consejo Escolar se encuentra la ______ económica y la admisión de estudiantes.

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gestión

7

El Consejo Escolar también se encarga de la selección y ______ del director o directora del centro educativo.

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cese

8

Además, tiene funciones de evaluación del rendimiento escolar y promueve iniciativas para mejorar la ______ educativa.

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calidad

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LOCE 2002: función de los órganos colegiados

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Establecidos como entidades de participación y control en el ámbito escolar.

10

LOE 2006: cambio en órganos de gobierno

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Consolidación como órganos de gobierno de los centros educativos.

11

LOMLOE 2020: participación comunitaria

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Refuerzo del papel de los órganos colegiados, promoviendo la participación activa de la comunidad educativa.

12

En los centros de ______ Profesional, se añaden representantes del sector ______, y en centros de educación especial, personal de atención educativa ______.

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Formación empresarial complementaria

13

La participación de los estudiantes comienza desde el primer curso de la ______ Secundaria Obligatoria (ESO), aunque hay ______ en los niveles iniciales.

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Educación restricciones

14

Composición del Claustro de Profesores

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Presidido por el director, integrado por todos los docentes del centro.

15

Responsabilidades pedagógicas del Claustro

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Aprobación del proyecto curricular, coordinación de actividades docentes, evaluación educativa.

16

Influencia en la selección del director

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El Claustro tiene voz en la selección del director y elige representantes en el Consejo Escolar.

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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Participación en la Gestión Educativa: Marco Constitucional y Órganos de Gobierno

La Constitución de España, en su artículo 27.7, consagra el derecho de la comunidad educativa, compuesta por docentes, familias y alumnado, a participar en el gobierno de los centros docentes. Esta participación es un pilar fundamental para el desarrollo de una educación de calidad y se materializa a través de órganos colegiados como el Consejo Escolar y el Claustro de Profesores. Estas entidades son los canales democráticos que permiten a los miembros de la comunidad educativa influir y colaborar en las decisiones trascendentales que inciden en la vida escolar y en la mejora continua de los procesos educativos.
Sala de reuniones iluminada con luz natural, mesa ovalada de madera, sillas con cojines azules y grupo diverso de personas en una discusión activa, sin textos visibles.

Funcionamiento y Responsabilidades del Consejo Escolar

El Consejo Escolar es el principal órgano de participación en la gestión de los centros educativos, integrado por representantes de todos los sectores de la comunidad escolar, incluyendo la dirección, el profesorado, las familias, el alumnado, el personal no docente y un miembro del ayuntamiento. Este órgano colegiado tiene competencias decisivas en la vida del centro, como la aprobación del Proyecto Educativo de Centro, la programación general anual, la gestión económica, la admisión de estudiantes y la selección y cese del director o directora. Además, ejerce funciones de evaluación y seguimiento del rendimiento escolar, normativas internas y convivencia, y promueve iniciativas para el fortalecimiento de la calidad educativa y la eficaz administración del centro.

Desarrollo Legislativo de los Órganos Colegiados de Gobierno Escolar

La evolución de la legislación educativa en España ha redefinido el rol y la composición de los órganos colegiados de gobierno escolar. La Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE) de 2002 los posicionó como entidades de participación y control, mientras que la Ley Orgánica de Educación (LOE) de 2006 los consolidó como órganos de gobierno. La Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE) de 2013 mantuvo su estructura pero limitó su capacidad de decisión. La Ley Orgánica de Modificación de la LOE (LOMLOE) de 2020, en cambio, refuerza el papel de estos órganos como esenciales en la gobernanza de los centros, enfatizando la participación activa de la comunidad educativa, especialmente del alumnado, como parte integral de su formación cívica y democrática.

Composición y Atribuciones del Consejo Escolar según la LOMLOE

De acuerdo con la LOMLOE, el Consejo Escolar debe estar compuesto por una representación equilibrada de los distintos sectores de la comunidad educativa, asegurando la presencia de docentes, padres, madres y estudiantes. En centros de Formación Profesional, se incluyen representantes del sector empresarial, y en centros de educación especial, personal de atención educativa complementaria. La participación estudiantil se efectúa desde el primer curso de la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), con ciertas restricciones en los primeros niveles. Las decisiones del Consejo Escolar se procuran tomar por consenso y, en su ausencia, mediante mayorías cualificadas establecidas por las autoridades educativas. Sus atribuciones abarcan desde la ratificación de proyectos y presupuestos educativos hasta la evaluación de la programación anual y la implicación en el proceso de selección del director o directora del centro.

El Claustro de Profesores y su Rol en la Gestión Educativa

El Claustro de Profesores es el órgano específico de participación docente en el centro educativo, presidido por el director o directora y conformado por todos los profesores y profesoras del centro. Este órgano se centra en las cuestiones pedagógicas, como la aprobación y seguimiento del proyecto curricular, la coordinación y planificación de las actividades docentes y la evaluación del proceso educativo. El Claustro elige a sus representantes en el Consejo Escolar y tiene voz en la selección del director o directora. Su función es clave en la supervisión de la práctica educativa, la formulación de propuestas para la mejora de la enseñanza y la promoción de iniciativas que fomenten una convivencia armónica. A pesar de los retos que implica la gestión de un colectivo tan amplio, su existencia es vital para garantizar que las perspectivas del profesorado sean consideradas en la toma de decisiones que afectan al funcionamiento del centro.