La Ley para la Valorización de la Profesión Docente establece un marco para mejorar la carrera docente, ofreciendo un sistema de remuneración justa, ascenso por mérito y desarrollo profesional. Se enfoca en la dignificación de los educadores, promoviendo la enseñanza y estableciendo un sistema transparente para la selección y promoción. Incluye incentivos para el perfeccionamiento y la excelencia educativa.
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La ley se divide en capítulos que abordan diferentes aspectos de la carrera docente
Remuneración justa
Se garantiza una remuneración justa para los educadores
Desvinculación de la evaluación y consecuencias punitivas
La evaluación no tendrá consecuencias punitivas para los docentes
Se enfatiza la importancia de la enseñanza y se promueve un sistema de ascenso basado en el mérito para mejorar las condiciones laborales y elevar el estatus de la profesión docente
El sistema se rige por principios de legalidad, certeza, equidad, imparcialidad, objetividad, transparencia y publicidad
El sistema se encarga de supervisar y asegurar el cumplimiento de la ley para fomentar el desarrollo integral y la excelencia educativa
Se promueve la mejora de la práctica docente mediante programas de incentivos y se fomenta el desarrollo profesional continuo con criterios claros para los procesos de selección
La unidad es un ente administrativo con autonomía técnica, operativa y financiera
La unidad es responsable de formular políticas, normas y programas, así como de opinar sobre procesos de selección y evaluación diagnóstica
La unidad está liderada por un Director a nivel nacional y supervisada por una Junta Directiva integrada por representantes de diversas subsecretarías y la Secretaría de Educación Pública
Los procesos de ingreso y ascenso en los niveles de educación básica y media superior se realizan anualmente
Los procesos de ingreso y ascenso se basan en un sistema abierto y transparente de asignación de plazas
Se consideran múltiples factores para la asignación de plazas y ascensos, y se establece la titularidad de la plaza después de seis meses y un día de servicio sin evaluaciones negativas
Se ofrecen becas y asesorías técnicas pedagógicas para el desarrollo profesional docente
Se promueve la mejora de la práctica docente mediante tutorías y asesorías técnicas
Se ofrecen incentivos económicos para movimientos laterales dentro del sistema y se establecen disposiciones generales para la titularidad de plazas, cambios de adscripción y participación sindical en licencias personales
Se establecen medidas provisionales para la implementación efectiva de la ley, incluyendo la creación de un manual de organización para la Unidad del Sistema para la Carrera de los Docentes
Se preservan las relaciones laborales existentes bajo el Artículo 123 Constitucional
Se establece un plazo para la armonización de las leyes estatales con la nueva normativa