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Tipos de Empresarios y Sociedades

Las formas jurídicas de empresas varían desde el empresario individual, que asume responsabilidad ilimitada, hasta la comunidad de bienes con responsabilidad solidaria. Las sociedades de capital, como la comanditaria por acciones, la limitada y la anónima, ofrecen distintos niveles de responsabilidad y requisitos de capital. La Sociedad Limitada Nueva Empresa y las sociedades especiales, como la laboral y la cooperativa, presentan alternativas para emprendimientos con características únicas. Además, se abordan las obligaciones fiscales y de seguridad social del empresario individual.

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1

Responsabilidad del empresario individual

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Responsabilidad ilimitada y personal, puede afectar su patrimonio.

2

Aportaciones en la Comunidad de Bienes

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Bienes o industria aportados por los comuneros para actividad común.

3

Reparto de beneficios en Comunidad de Bienes

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Se presume igualdad de cuotas, salvo acuerdo contrario.

4

Causas de disolución de la Comunidad de Bienes

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Cumplimiento del objetivo, acuerdo unánime o muerte de un comunero.

5

Una de las categorías de las sociedades de capital es la ______ por acciones, que mezcla características de sociedades personalistas y de capital.

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sociedad comanditaria

6

La ______ se caracteriza por tener un capital social fraccionado en acciones y la responsabilidad de los accionistas limitada al valor de dichas acciones.

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sociedad anónima

7

Tanto la sociedad limitada como la sociedad anónima tienen ______ jurídica propia y están obligadas a pagar el ______ de sociedades.

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personalidad impuesto

8

Características de la sociedad laboral

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Mayoría de capital (51%) en manos de trabajadores, puede ser limitada o anónima.

9

Principio de voto en cooperativas

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Se sigue el principio democrático de 'un socio, un voto', independientemente del capital aportado.

10

Responsabilidad de socios en cooperativas

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Los socios no tienen responsabilidad personal por las deudas de la cooperativa.

11

Objetivo de las cooperativas

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Satisfacer necesidades económicas, sociales y culturales de socios mediante gestión colectiva y democrática.

12

Para cumplir con las obligaciones de seguridad social, el empresario individual debe registrarse en el ______ Especial de Trabajadores Autónomos y pagar una cuota ______.

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Régimen mensual

13

A pesar de tener una responsabilidad ______, los empresarios individuales pueden beneficiarse de incentivos fiscales y bonificaciones en las cuotas de la ______ Social.

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ilimitada Seguridad

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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Empresario Individual y Comunidad de Bienes

El empresario individual, comúnmente referido como trabajador autónomo, es una persona que ejerce de manera independiente una actividad económica con fines lucrativos. Este tipo de empresario aporta su trabajo y capital, y asume plena responsabilidad, lo que implica que su patrimonio personal puede ser afectado por las deudas generadas en la actividad empresarial. Por otro lado, la Comunidad de Bienes es una asociación de dos o más personas que aportan bienes o industria para el ejercicio en común de una actividad económica, con la intención de repartir entre sí los beneficios obtenidos. En esta forma de organización, se presume que las cuotas de participación son iguales, salvo pacto en contrario, y la responsabilidad de los comuneros es solidaria e ilimitada respecto a las deudas de la comunidad. La administración de la comunidad se lleva a cabo de manera conjunta o según lo establecido en el acuerdo de comuneros, y la disolución puede ocurrir por diversas causas, incluyendo el cumplimiento del objetivo, acuerdo unánime de los comuneros o la muerte de uno de ellos.
Grupo de tres profesionales en oficina moderna con mesa de conferencias, hombre ofreciendo apretón de manos y mujer sosteniendo tablet.

Sociedades de Capital: Comanditarias por Acciones, Limitada y Anónima

Las sociedades de capital se clasifican en distintas categorías, siendo algunas de las más relevantes la sociedad comanditaria por acciones, la sociedad limitada y la sociedad anónima. La sociedad comanditaria por acciones combina elementos de las sociedades personalistas y las de capital, con un capital social dividido en acciones y compuesta por dos tipos de socios: comanditarios, cuya responsabilidad se limita al capital aportado, y comanditados, que gestionan la sociedad y responden de manera ilimitada. La sociedad limitada es una de las formas jurídicas más extendidas, caracterizada por la limitación de responsabilidad de los socios al capital aportado y un capital social mínimo que puede ser de tan solo 1 euro. Su constitución se formaliza mediante escritura pública y registro en el Registro Mercantil. La sociedad anónima se distingue por un capital social dividido en acciones, que pueden ser objeto de comercio, y la responsabilidad de los accionistas se limita al valor de sus acciones. Ambas, la sociedad limitada y la sociedad anónima, poseen personalidad jurídica propia y están sujetas al impuesto de sociedades.

Sociedad Limitada Nueva Empresa y Sociedades Especiales

La Sociedad Limitada Nueva Empresa es una modalidad simplificada de la sociedad limitada, creada para promover la creación de pequeñas y medianas empresas mediante un proceso de constitución más ágil y menos burocrático. En cuanto a las sociedades especiales, destacan la sociedad laboral y la cooperativa. La sociedad laboral se distingue por ser mayoritariamente propiedad de sus trabajadores, quienes deben poseer al menos el 51% del capital social, y puede adoptar la forma de sociedad limitada o anónima. La cooperativa es una asociación autónoma de personas unidas voluntariamente para satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales comunes mediante una empresa de propiedad colectiva y gestión democrática. Los socios de una cooperativa no tienen responsabilidad personal por las deudas de la entidad y se rigen por el principio de un socio, un voto. Tanto las sociedades laborales como las cooperativas tienen regulaciones específicas que atienden a sus particularidades y objetivos.

Aspectos Fiscales y de Seguridad Social del Empresario Individual

El empresario individual tiene la obligación de cumplir con diversas responsabilidades fiscales y de seguridad social. Desde el punto de vista fiscal, tributan a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aplicando el sistema de estimación directa o módulos, según la naturaleza y tamaño de la actividad. En cuanto a la seguridad social, deben inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y abonar una cuota mensual que varía en función de la base de cotización elegida. A pesar de la responsabilidad ilimitada que conlleva ser empresario individual, existen incentivos fiscales y bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social para fomentar la creación y desarrollo de actividades por cuenta propia, contribuyendo así al dinamismo del tejido empresarial.