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La imposibilidad en el cumplimiento de obligaciones es un evento legal que puede extinguir deudas cuando su realización es objetivamente inviable. Este principio se aplica cuando factores externos, como la destrucción de la cosa debida, ocurren sin culpa del deudor. Además, la transacción emerge como un método alternativo para resolver conflictos y prevenir litigios, con efectos similares a una sentencia judicial.
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La imposibilidad en el cumplimiento de obligaciones es un principio legal que establece que una obligación se extingue cuando su cumplimiento se torna objetivamente inviable por causas no imputables al deudor
Ejemplos
Se manifiesta, por ejemplo, cuando el objeto debido se destruye o desaparece por circunstancias externas
Condiciones para que la imposibilidad libere al deudor
Debe ser absoluta, no imputable a su conducta y haber surgido tras la formación del contrato
Si la imposibilidad es contemporánea al nacimiento de la obligación, no se considera una extinción sino una nulidad, debido a la inexistencia inicial del objeto o servicio que se debía proveer
Destrucción o pérdida de la cosa debida
La imposibilidad puede surgir, por ejemplo, en casos de destrucción o pérdida de la cosa debida
Inaccesibilidad legal por expropiación o embargo
También puede surgir en casos de inaccesibilidad legal por expropiación o embargo
Si la imposibilidad es ajena a la culpa del deudor, la obligación se extingue sin más consecuencias
Si la imposibilidad resulta de la negligencia o mala fe del deudor, este debe indemnizar los daños causados
En este caso, la naturaleza de la obligación se transforma de una prestación específica a una de indemnización por daños y perjuicios
La pérdida de la cosa debida es una instancia específica de imposibilidad en el cumplimiento
La legislación civil limita este modo de extinguir las obligaciones a aquellas que tienen por objeto una cosa determinada y concreta, excluyendo las de género
Si la pérdida es total y no es atribuible al deudor, la obligación se extingue sin responsabilidad adicional
En cambio, si la pérdida es parcial o la imposibilidad es parcial y es imputable al deudor, el acreedor puede exigir el cumplimiento de lo posible y una compensación por los perjuicios
Si la imposibilidad parcial no es imputable al deudor, la obligación se ajustará a lo que sea posible entregar o realizar
La transacción es un acuerdo contractual por el cual las partes resuelven un conflicto existente o previenen uno potencial, mediante concesiones mutuas
Bilateralidad
La transacción es un contrato bilateral
Onerosidad
La transacción es un contrato oneroso
Consensualidad
La transacción es un contrato consensual
Principalidad
La transacción es un contrato principal
La transacción puede tener efectos traslativos o declarativos de dominio
Basarse en un derecho disputado
Para que sea válida, la transacción debe basarse en un derecho disputado
Requerir concesiones recíprocas
Para que sea válida, la transacción debe requerir concesiones recíprocas
Las partes deben tener capacidad legal para disponer de los objetos de la transacción y, si actúan por representación, los representantes deben contar con un mandato especial
La transacción tiene efectos de cosa juzgada, lo que impide reabrir el debate sobre el asunto resuelto
Los efectos de la transacción se circunscriben a las partes involucradas
La transacción tiene la autoridad de una sentencia judicial firme
La transacción impide reabrir el debate sobre el asunto resuelto
La transacción no puede abarcar derechos inalienables o que estén fuera del comercio jurídico
La transacción está sujeta a regulaciones específicas que limitan su capacidad de ser objeto de transacción en ciertos asuntos, como los derechos de familia o algunas acciones legales