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La venta de cosas muebles implica la transferencia de propiedad de bienes tangibles y transportables. Se abordan conceptos como compraventa, permuta y dación en pago, así como la aplicación de impuestos en operaciones exentas y mixtas. Se detalla el rol de los sujetos pasivos y el momento de perfeccionamiento del hecho imponible, esencial para la fiscalidad de estas transacciones.
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La venta de cosas muebles implica la transferencia de la propiedad de bienes tangibles y transportables
Muebles y electrodomésticos
La venta de cosas muebles incluye una amplia gama de bienes, como muebles y electrodomésticos
Vehículos y maquinaria
También se incluyen en la venta de cosas muebles bienes como vehículos y maquinaria
La venta de cosas muebles se realiza a cambio de un precio acordado entre las partes
La legislación fiscal considera como venta la incorporación de bienes muebles producidos por el contribuyente en operaciones exentas o no gravadas
Si los bienes muebles producidos son utilizados en servicios o locaciones no gravadas, se considera como venta para efectos fiscales
Si los bienes muebles se integran en servicios o locaciones gravadas, formarán parte de la base imponible para el cálculo del impuesto
Los sujetos pasivos del impuesto son aquellos que realizan de manera habitual la venta de cosas muebles
El hecho imponible se perfecciona en el momento en que se cumple alguna de las condiciones establecidas, como la entrega del bien o la emisión de la factura