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La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas es un tratado que define los derechos y obligaciones de los funcionarios diplomáticos, así como sus inmunidades y privilegios. Establece las bases para la representación estatal, la protección de intereses, la negociación y la promoción de la paz y la cooperación internacional. Además, regula la acreditación de jefes de misión y garantiza la protección de los locales diplomáticos.
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La Convención proporciona definiciones precisas de términos como "jefe de misión" y "personal diplomático"
La Convención establece que el establecimiento de relaciones diplomáticas y el envío de misiones permanentes se basan en el consentimiento mutuo de los Estados
La Convención refleja el respeto por la soberanía de cada nación y la disposición a la cooperación internacional en el establecimiento de relaciones diplomáticas y misiones permanentes
Las funciones esenciales de las misiones diplomáticas incluyen representar al Estado acreditante, proteger sus intereses y promover relaciones amistosas y cooperación
La Convención permite que las funciones consulares sean ejercidas por la misión diplomática, lo que proporciona una integración y flexibilidad entre las actividades diplomáticas y consulares
La Convención aclara que las funciones consulares pueden ser ejercidas por la misión diplomática, lo que proporciona una integración y flexibilidad entre las actividades diplomáticas y consulares
La Convención establece los procedimientos para la acreditación de jefes de misión, requiriendo el asentimiento del Estado receptor antes de su nombramiento oficial
El Estado receptor no está obligado a justificar el rechazo de un candidato propuesto para jefe de misión
La Convención establece un sistema de precedencia para los jefes de misión, basado en la fecha y hora en que presentan sus credenciales o asumen sus funciones oficiales
El Estado acreditante tiene la prerrogativa de nombrar al personal de su misión diplomática, aunque el Estado receptor puede requerir la aprobación previa para ciertos cargos
La Convención estipula que el personal diplomático debe ser preferentemente de la nacionalidad del Estado acreditante
Los miembros de la misión disfrutan de una serie de privilegios e inmunidades, como la inviolabilidad de los locales de la misión y la exención de impuestos sobre los mismos, para facilitar su labor diplomática