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Las sociedades comerciales y su funcionamiento en el derecho mercantil incluyen la adquisición de personalidad jurídica, requisitos de socios y responsabilidades. Se abordan las diferencias entre tipos de sociedades como las anónimas, de responsabilidad limitada y las empresas asociativas de trabajo, destacando aspectos de administración, distribución de utilidades, duración y disolución.
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Las sociedades comerciales adquieren personalidad jurídica al ser inscritas en el registro mercantil correspondiente
La personalidad jurídica permite a las sociedades comerciales actuar como entidades independientes de sus fundadores o socios, con la capacidad de ser titulares de derechos y obligaciones
Las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada y por acciones simplificadas son ejemplos de entidades con personalidad jurídica
Las sociedades de hecho y algunas formas de empresas asociativas de trabajo carecen de personalidad jurídica al no estar formalmente constituidas
Las sociedades sin personalidad jurídica tienen limitaciones en su capacidad para actuar como entidades independientes en el tráfico jurídico
Las sociedades de hecho y algunas formas de empresas asociativas de trabajo son ejemplos de entidades sin personalidad jurídica
La legislación mercantil establece distintos requisitos en cuanto al número mínimo de socios para la constitución de una sociedad
Las sociedades colectivas y por acciones simplificadas pueden constituirse con un mínimo de dos socios, mientras que las sociedades anónimas y comanditarias por acciones requieren al menos cinco
Las empresas asociativas de trabajo tienen un número variable de socios, dependiendo de su actividad
En las sociedades colectivas y comanditarias simples, los socios gestores asumen una responsabilidad ilimitada
En las sociedades anónimas y por acciones simplificadas, la responsabilidad se limita al capital aportado por los socios
Las sociedades colectivas y comanditarias simples tienen responsabilidad ilimitada, mientras que las sociedades anónimas y por acciones simplificadas tienen responsabilidad limitada al capital aportado
La denominación o razón social es el nombre oficial bajo el cual una sociedad realiza sus actividades y se distingue en el mercado
Las sociedades colectivas y comanditarias simples suelen adoptar una razón social compuesta por el nombre de uno o más socios y la indicación de que hay otros socios
Las sociedades anónimas y comanditarias por acciones se identifican con las siglas "S.A." o "S.C.A.", respectivamente
Las sociedades de responsabilidad limitada y por acciones simplificadas utilizan denominaciones que incluyen "Ltda." o "SAS" al final
Las sociedades de hecho, al no poseer personalidad jurídica, no cuentan con una denominación comercial propia
Las empresas asociativas de trabajo operan con una denominación que debe incluir la expresión "empresa asociativa de trabajo"
La gestión y administración de las sociedades comerciales son llevadas a cabo por órganos designados conforme a la ley y los estatutos de la sociedad
En las sociedades colectivas, la administración recae en los socios colectivos, mientras que en las sociedades anónimas, una junta directiva y un representante legal son los encargados de la gestión empresarial
Las sociedades están obligadas a constituir reservas legales y estatutarias para garantizar su estabilidad financiera
La distribución de utilidades se realiza de acuerdo con lo establecido en los estatutos sociales de la sociedad
En ausencia de disposición expresa en los estatutos, la distribución de utilidades se realiza en proporción a los aportes de los socios
En ciertos tipos de sociedades, como las sociedades anónimas y las empresas asociativas de trabajo, se requiere destinar un porcentaje de las utilidades netas a reservas legales y estatutarias