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Mapa conceptual y resúmen CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978

La Constitución Española de 1978 establece los principios fundamentales de la sociedad, incluyendo derechos y deberes, la Corona, y la organización del Estado. Define el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como la estructura territorial y el Tribunal Constitucional. Además, contempla los mecanismos para su propia reforma.

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1

Los principios esenciales que dirigen la estructura ______, ______ y ______ de un país están contenidos en su ______.

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social político económico Constitución

2

Ratificación de la Constitución Española de 1978

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Ratificada por referéndum el 6 de diciembre de 1978.

3

Características de la Constitución Española de 1978

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Rígida, extensa, producto del consenso y conciliación ideológica.

4

La ______ ______ se divide en la Parte ______, con derechos y deberes, y la Parte ______, que comprende los Títulos del II al IX.

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Constitución Española Dogmática Orgánica

5

Elección del Presidente y Ministros

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El Presidente del Gobierno elige a los Ministros.

6

Funciones del Gobierno español

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Gestiona el país y ejecuta políticas del Poder Legislativo.

7

En España, el ______ ______ está compuesto por el Congreso de Diputados y el ______.

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Poder Legislativo Senado

8

Origen de la Justicia en España

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Emana del pueblo y se administra en nombre del Rey.

9

Órganos del Poder Judicial en España

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Consejo General del Poder Judicial y Tribunal Supremo como órgano máximo.

10

El ______ busca equilibrar las diferencias económicas entre las diversas zonas de España.

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Fondo de Compensación Territorial

11

Funciones del Tribunal Constitucional

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Garantizar cumplimiento de la Constitución, resolver recursos de inconstitucionalidad, cuestiones de inconstitucionalidad, recursos de amparo y conflictos de competencias.

12

Conflictos de competencias en el Tribunal Constitucional

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Dirime disputas entre Comunidades Autónomas y otras instituciones del Estado sobre quién tiene la competencia para legislar o actuar en determinadas materias.

13

Una reforma ______ en España afecta a partes fundamentales como el título preliminar y los artículos del 14 al 29 del título I.

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Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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PRINCIPIOS DEL JUICIO DE AMPARO

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Definición y Características de la Constitución Española de 1978

La Constitución Española de 1978, promulgada el 29 de diciembre de ese año, constituye la norma suprema del ordenamiento jurídico español, estableciendo los principios fundamentales del sistema político, social y económico del país. Surgida del proceso de transición democrática, esta Carta Magna fue aprobada por amplio consenso y legitimada mediante referéndum popular, reflejando así la soberanía nacional. Se caracteriza por su rigidez, ya que establece procedimientos específicos y complejos para su reforma, y se estructura en un Preámbulo, un Título Preliminar, diez Títulos y varias disposiciones adicionales, transitorias, una derogatoria y una final. La Constitución se compone de una Parte Dogmática, que incluye los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos, y una Parte Orgánica, que detalla la organización y funcionamiento de las instituciones del Estado.
Primer plano de un libro abierto con páginas en blanco y pluma estilográfica negra sobre superficie de madera oscura, con estructura de columnas desenfocada al fondo.

Estructura y Contenido de la Constitución Española

La Constitución Española se articula en un Preámbulo y un Título Preliminar, seguidos de diez Títulos que abarcan desde los derechos y libertades fundamentales hasta la organización territorial del Estado. Se complementa con Disposiciones Adicionales, Transitorias, una Derogatoria y una Final. La Parte Dogmática, que comprende el Título Preliminar y el Título I, consagra los derechos y libertades de los ciudadanos, mientras que la Parte Orgánica, que se extiende desde el Título II hasta el IX, establece la estructura del Estado, definiendo las competencias y relaciones entre la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno, el Poder Judicial y otros órganos constitucionales, como el Tribunal Constitucional y el Consejo General del Poder Judicial.

El Poder Ejecutivo en el Marco Constitucional

El Poder Ejecutivo en España, regulado por la Constitución, está presidido por el Presidente del Gobierno y compuesto por los Ministros, quienes tienen la responsabilidad de dirigir la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. El Gobierno, además de ejercer la función ejecutiva, posee la potestad reglamentaria, debiendo actuar conforme a la Constitución y las leyes. En ocasiones, se pueden designar Vicepresidentes para apoyar en la gestión gubernamental, garantizando así la eficacia en el cumplimiento de las funciones ejecutivas.

El Poder Legislativo y su Función en la Democracia Española

Las Cortes Generales, constituidas por el Congreso de los Diputados y el Senado, encarnan el Poder Legislativo en España. Su función primordial es la elaboración y aprobación de leyes, así como ejercer el control parlamentario sobre el Gobierno. Los representantes de las Cortes Generales son elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto, en elecciones generales que se celebran cada cuatro años, asegurando la representatividad democrática y la participación ciudadana en el proceso legislativo.

El Poder Judicial y la Administración de Justicia

El Poder Judicial en España está integrado por jueces y magistrados, cuya función primordial es la de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, garantizando la independencia judicial y la imparcialidad en la aplicación de la justicia. La Justicia, que emana del pueblo y se administra en nombre del Rey, es ejercida por juzgados y tribunales con jurisdicción en todo el territorio nacional. El Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno de los jueces y magistrados, y el Tribunal Supremo se erige como el más alto tribunal de justicia, siendo la última instancia en todos los órdenes jurisdiccionales.

Organización Territorial del Estado y Autonomías

La estructura territorial de España se organiza en municipios, provincias y Comunidades Autónomas, dotadas de autonomía para la gestión de sus respectivas competencias. La Constitución garantiza la solidaridad y el equilibrio económico entre las distintas partes del territorio español, promoviendo la igualdad de todos los españoles sin importar su lugar de residencia y estableciendo mecanismos financieros, como el Fondo de Compensación Interterritorial, para corregir desequilibrios económicos entre las regiones.

El Tribunal Constitucional como Garante de la Supremacía Constitucional

El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución Española y garante de su cumplimiento. Compuesto por doce magistrados nombrados por el Rey, a propuesta de las Cortes Generales y otros órganos del Estado, este tribunal tiene la competencia exclusiva para conocer de los recursos de inconstitucionalidad contra leyes y normas con rango de ley, las cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por los jueces y tribunales, los recursos de amparo por violación de derechos y libertades fundamentales, y los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o entre estas últimas.

Procedimientos para la Reforma Constitucional

La Constitución Española prevé dos procedimientos para su reforma: el procedimiento ordinario y el procedimiento agravado. El procedimiento ordinario se aplica para la reforma de cualquier artículo no perteneciente a la estructura fundamental del Estado, y requiere la aprobación por mayoría absoluta en ambas Cámaras, seguida de la ratificación mediante referéndum si así lo solicitan una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. El procedimiento agravado, reservado para la revisión total de la Constitución o para la modificación de algunos de sus Títulos fundamentales, exige una mayoría de dos tercios en cada Cámara, la disolución inmediata de las Cortes, la elección de nuevas Cámaras y la aprobación de la reforma por dos tercios de ambas, culminando con la ratificación mediante referéndum. Estos mecanismos de reforma aseguran que cualquier cambio en la Carta Magna sea fruto de un consenso amplio y refleje la voluntad del pueblo español.