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La Ley contra la Delincuencia Organizada en Guatemala establece medidas para combatir el crimen, como operaciones encubiertas y la extinción de dominio. Define delitos específicos y autoriza técnicas de investigación avanzadas para desmantelar redes criminales, proteger testigos y colaboradores, y permite la confiscación de bienes ilícitos.
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Establecer y precisar las conductas delictivas atribuibles a las organizaciones criminales
Implementación de métodos especiales de investigación y estrategias de persecución penal para prevenir, combatir, desmantelar y erradicar la delincuencia organizada
Se sustenta en la Constitución Política de la República de Guatemala, tratados internacionales y leyes ordinarias pertinentes
La ley define y detalla figuras delictivas como conspiración para delinquir, asociación ilícita, formación de grupos armados ilegales, entre otros
Proporcionan un marco jurídico robusto para la identificación, persecución y sanción de los delitos de delincuencia organizada
Se basa en la ley, la Constitución Política de la República de Guatemala, tratados internacionales y leyes ordinarias pertinentes
La ley autoriza el uso de operaciones encubiertas, agentes infiltrados e intervención de comunicaciones para combatir la delincuencia organizada
Se establecen procedimientos minuciosos para garantizar la legalidad y efectividad de estas operaciones
Se incluyen medidas para proteger la identidad de los agentes y mantener la confidencialidad de la información recabada
Estas técnicas permiten rastrear el flujo de bienes ilícitos y recabar información crucial sobre las estructuras de la delincuencia organizada
Se definen protocolos estrictos para garantizar la integridad del proceso investigativo y la admisibilidad de las pruebas en juicio
Se establecen medidas de protección para los colaboradores, incluyendo el cambio de identidad y otras acciones necesarias para su seguridad
La interceptación de comunicaciones es una herramienta esencial en la ley para combatir la delincuencia organizada
Se especifican los pasos para la solicitud y autorización de interceptaciones, así como la duración y el control judicial de estas medidas
Se establecen medidas para respetar el derecho a la defensa y las formalidades procesales en la interceptación de comunicaciones
La ley dispone medidas cautelares como el secuestro y embargo de bienes vinculados a delitos, así como la inmovilización de cuentas y propiedades
Se introduce la figura de la extinción de dominio, que permite al Estado confiscar bienes de origen ilícito sin compensación para los titulares
Se debe probar la procedencia delictiva de los bienes para que puedan ser confiscados por el Estado
La ley ofrece beneficios procesales a quienes contribuyan significativamente en la persecución de la delincuencia organizada
Se definen criterios y procedimientos para acceder a los beneficios por colaboración eficaz
Se establecen medidas de protección para los colaboradores, incluyendo el cambio de identidad y otras acciones necesarias para su seguridad
La ley contempla la posibilidad de impugnar resoluciones relacionadas con la interceptación de comunicaciones, medidas cautelares y acuerdos de colaboración eficaz
En ausencia de disposiciones específicas, se aplicarán de manera supletoria las normas del Código Penal, Código Procesal Penal y otras leyes especiales en materia penal
Se garantiza un marco legal cohesivo y exhaustivo para el abordaje de la delincuencia organizada
Las disposiciones finales de la ley abordan la responsabilidad de los funcionarios públicos en la aplicación de la normativa
Se establece la emisión de reglamentos necesarios por parte del Ejecutivo
Se derogan leyes anteriores que se opongan a la nueva legislación
La ley entra en vigor tras su publicación en el Diario Oficial