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Marco Jurídico del Dominio Público Marítimo-Terrestre en España

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La regulación del Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) en España se basa en la Ley de Costas y su Reglamento, que exigen autorización previa para cualquier actividad. Las autorizaciones se otorgan según criterios de peligrosidad, intensidad y rentabilidad, y deben cumplir con la protección ambiental y adaptación al cambio climático. Las actividades estacionales en playas también están sujetas a un proceso de concesión específico.

Marco Jurídico del Dominio Público Marítimo-Terrestre en España

En España, la regulación de la ocupación y uso del Dominio Público Marítimo-Terrestre (DPMT) se rige por la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre. Este marco normativo establece que cualquier actividad en el DPMT, incluyendo aquellas que no impliquen construcciones o instalaciones fijas, requiere una autorización administrativa previa. La autorización es concedida por el Servicio de Protección de la Costa (SPC) y es indispensable en casos de actividades con características especiales de peligrosidad, intensidad o rentabilidad, o cuando conllevan la ocupación del DPMT con instalaciones temporales o bienes muebles por un tiempo no superior a cuatro años.
Playa soleada con arena fina y olas suaves, sombrillas coloridas, personas disfrutando del sol y un camino de madera, bajo un cielo despejado.

Criterios para la Autorización de Uso del DPMT

La concesión de autorizaciones para el uso del DPMT se sujeta a criterios específicos. Se consideran instalaciones desmontables a aquellas que requieren obras mínimas de cimentación y se componen de elementos que pueden ser ensamblados y desmontados sin procedimientos destructivos. Se entiende por circunstancias especiales de peligrosidad, intensidad o rentabilidad, aquellas situaciones en las que la actividad representa un riesgo para personas o bienes, resulta incompatible con los usos generales del DPMT, o cuando la ubicación es esencial para la viabilidad económica de la actividad. La ocupación con bienes muebles se refiere a objetos que se sitúan en el DPMT de forma continua o por periodos mayores a un día.

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00

Ley que rige el DPMT en España

Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas.

01

Órgano para autorización en DPMT

Servicio de Protección de la Costa (SPC).

02

Duración máxima de autorización para DPMT

Cuatro años para instalaciones temporales o bienes muebles.

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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