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Concepto y Origen del Delito Continuado

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El delito continuado se refiere a múltiples acciones delictivas de la misma índole consideradas como una sola infracción. Este concepto, con raíces en la jurisprudencia medieval, busca evitar penas excesivas y se basa en un propósito criminal único. Las teorías subjetiva, objetiva y mixta explican su naturaleza jurídica, mientras que los requisitos objetivos y subjetivos determinan su configuración. El delito masa y las consecuencias penales también se discuten en relación con esta figura legal.

Concepto y Origen del Delito Continuado

El delito continuado es un concepto jurídico que se aplica cuando una persona comete múltiples acciones delictivas de la misma naturaleza en un periodo de tiempo, las cuales son tratadas como una infracción única. Esta figura legal tiene sus raíces en la jurisprudencia medieval, donde se buscaba evitar la imposición de penas excesivas por la acumulación de delitos menores, como podría ser el caso de pequeños hurtos realizados de manera reiterada. En la actualidad, el delito continuado se entiende como la ejecución de varias acciones que, aunque sean independientes entre sí, se consideran como una sola infracción penal debido a que emanan de un propósito criminal único. Este enfoque jurídico facilita el proceso de juzgamiento y la imposición de sanciones, al no requerir un análisis detallado de cada acto delictivo por separado.
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Naturaleza Jurídica y Teorías del Delito Continuado

La naturaleza jurídica del delito continuado ha sido ampliamente debatida, dando lugar a distintas interpretaciones. Algunos juristas lo consideran una ficción legal, en la que se pretende la existencia de un único delito a pesar de la pluralidad de actos, con el objetivo de aplicar una sanción unificada. Otros lo ven como una construcción jurídica que, sin llegar a ser una ficción, reconoce la existencia de múltiples acciones conectadas por un propósito criminal común. En cuanto a las teorías explicativas, se distinguen principalmente tres: la teoría subjetiva, que pone énfasis en la intención unificadora del autor del delito; la teoría objetiva, que se centra en los elementos objetivos que relacionan los actos delictivos; y la teoría mixta, que integra aspectos subjetivos y objetivos. La mayoría de los ordenamientos jurídicos penales contemporáneos adoptan la teoría mixta, exigiendo la concurrencia de elementos tanto subjetivos como objetivos para la configuración del delito continuado.

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00

Característica del delito continuado: acciones múltiples y naturaleza similar.

Varias acciones delictivas de igual tipo consideradas una sola infracción.

01

Finalidad del delito continuado: evitar penas excesivas.

Prevenir sanciones desproporcionadas por acumulación de delitos menores.

02

Tratamiento procesal del delito continuado: unificación de acciones.

Proceso simplificado juzgando múltiples actos como una infracción única.

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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