La clasificación de los actos administrativos según su efecto jurídico es esencial para comprender su régimen legal. Se distinguen actos resolutorios, que crean derechos y obligaciones, y actos de trámite, que son procedimentales. Además, se diferencian actos favorables, que reconocen derechos, de actos de gravamen, que imponen deberes. Esta tipología es clave para determinar las vías de impugnación y la revisión de actos por la Administración.
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Los actos resolutorios son definitivos y crean derechos y obligaciones
Los actos de trámite son procedimentales y no generan efectos jurídicos directos
Los actos administrativos se distinguen en actos favorables, que reconocen o amplían derechos, y actos de gravamen, que imponen deberes o restricciones
Los actos que agotan la vía administrativa permiten al interesado optar por el recurso potestativo de reposición o acudir directamente a la jurisdicción contenciosa-administrativa
Los actos que no agotan la vía administrativa requieren la interposición de un recurso de alzada previo
La clasificación de los actos administrativos tiene importantes consecuencias prácticas en el Derecho Administrativo