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La Ley del Notariado en Puebla regula la función notarial asegurando legalidad y eficiencia. Define conceptos clave, principios rectores y atribuciones estatales, enfocándose en la ética y la calidad del servicio. Establece normas para la creación de nuevas notarías y promueve el acceso equitativo a estos servicios esenciales.
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La Ley del Notariado en Puebla tiene como objetivo regular la función notarial en la entidad para garantizar la seguridad jurídica
Representación y obligaciones
Los notarios deben actuar con apego a los principios de legalidad, justicia y eficiencia en su función de certificar actos y hechos
Dirección y vigilancia
La ley establece que los notarios deben ser supervisados para garantizar su correcto desempeño
La Ley del Notariado en Puebla busca asegurar que los actos notariales se realicen con equidad y conforme a la normativa vigente para garantizar la seguridad jurídica de los ciudadanos
La ley incluye definiciones de términos como Administración, Arancel, Archivo y Autoridades Notariales para facilitar su comprensión y aplicación
Firma Electrónica Notarial
La ley reconoce la importancia de la tecnología en el notariado y define la Firma Electrónica Notarial como un medio para la gestión digital de los procesos notariales
Índice Electrónico
La ley establece la creación de un Índice Electrónico para facilitar la búsqueda y consulta de documentos notariales en formato electrónico
La actividad notarial en Puebla se rige por principios como el ejercicio colegiado, la imparcialidad y la autonomía
La ley enfatiza la importancia de la imparcialidad y la probidad en la realización de actos notariales para garantizar un ejercicio justo y equitativo
Los notarios tienen la responsabilidad de contribuir al bienestar general y la paz social en la comunidad a través de su función pública
El Gobierno del Estado de Puebla es responsable de otorgar patentes notariales y supervisar el cumplimiento de la ley en esta materia
Diligencia y ética
Los notarios deben realizar su labor con diligencia y ética, salvaguardando la seguridad jurídica de los ciudadanos
Confidencialidad y código de conducta
La ley impone a los notarios el deber de mantener la confidencialidad y seguir un código de conducta profesional en su práctica diaria
La ley establece normas para la regulación e interpretación de documentos notariales, enfatizando la importancia de la conservación jurídica y la autenticidad
Los notarios deben ejercer su función en defensa del orden jurídico y respetar los derechos involucrados en los actos notariales para mantener la fe pública y la confianza en la autenticidad de los documentos que certifican
Las autoridades notariales, el Colegio de Notarios y los notarios tienen la responsabilidad de asegurar un servicio notarial eficaz y de calidad
La ley promueve la comunicación y colaboración entre las entidades involucradas en el notariado para identificar y corregir deficiencias y mejorar continuamente el servicio
La Administración debe proveer las condiciones necesarias para que la actividad notarial se desarrolle de acuerdo con los principios establecidos en la ley
Corresponde al Poder Ejecutivo estatal la creación de nuevas notarías, considerando criterios como la demanda de servicios notariales y la densidad poblacional
La ley prevé la realización de exámenes de oposición para garantizar la capacitación y excelencia profesional de los aspirantes a notarios
La ley reconoce el derecho de los ciudadanos a acceder a servicios notariales y obliga a los notarios a prestarlos con profesionalismo y sin barreras legales injustificadas
La ley establece principios éticos como la seguridad jurídica, la certeza, la imparcialidad y la transparencia que deben guiar la conducta de los notarios en su práctica diaria