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Derecho Civil

El Derecho Civil regula las interacciones entre individuos y entidades, abarcando obligaciones, normas jurídicas y situaciones legales. Incluye el análisis de hechos y actos jurídicos, sus efectos y la autonomía en la contratación. Además, se detalla la clasificación de negocios y contratos, esenciales para las obligaciones civiles.

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1

Concepto de Derecho Civil

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Rama del Derecho que regula relaciones personales y patrimoniales entre entidades físicas y jurídicas.

2

Definición de norma jurídica

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Mandato que dicta conducta obligatoria o prohibida, con sanciones ante incumplimientos.

3

Significado de situación jurídica

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Posición de una persona en el orden jurídico, pudiendo ser sujeto activo (exige derechos) o pasivo (cumple deberes).

4

Los actos ______ son aquellos que se realizan con la intención de crear, cambiar o anular derechos y deberes.

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jurídicos

5

Los negocios ______ son una forma específica de actos jurídicos enfocados en establecer relaciones legales relacionadas con bienes, y pueden ser de carácter unilateral o bilateral.

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jurídicos

6

Principio de autonomía privada

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Libertad de individuos para acordar y definir contratos dentro de límites legales y de orden público.

7

Diferencia entre contrato y convención

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Contrato: Acuerdo con obligaciones recíprocas. Convención: Acuerdo más amplio, no siempre con obligaciones bilaterales.

8

Bilateralidad de los contratos

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Característica de los contratos que implica obligaciones y derechos para ambas partes involucradas.

9

Los actos legales pueden ser ______ si solo una persona los establece, o ______ si participan varias.

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unipersonales pluripersonales

10

Los actos legales ______ dependen de la muerte de alguien para tener efecto, a diferencia de los ______ que surten efecto en vida.

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mortis causa inter vivos

11

Contratos bilaterales

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Acuerdos donde ambas partes tienen obligaciones recíprocas. Ejemplo: compraventa.

12

Contratos unilaterales

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Acuerdo donde solo una parte se obliga hacia la otra sin recibir obligación a cambio. Ejemplo: donación.

13

Importancia de la tipología contractual

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Determina dinámica de obligaciones, reciprocidad de derechos/deberes y consecuencias legales del incumplimiento.

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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Conceptos Fundamentales del Derecho Civil

El Derecho Civil es una rama del Derecho que regula las relaciones personales y patrimoniales entre personas físicas y jurídicas. Entre sus conceptos fundamentales se encuentra la "obligación", que es el vínculo jurídico por el cual una parte, el deudor, se compromete a realizar una prestación a favor de otra, el acreedor. Las obligaciones pueden nacer de contratos, cuasicontratos, delitos, cuasidelitos o la ley. La "norma jurídica" es otro concepto esencial, constituyendo un mandato que establece una conducta obligatoria o prohibida, con una sanción asociada en caso de incumplimiento. Por último, la "situación jurídica" se refiere a la posición que ocupa una persona en el ordenamiento jurídico, pudiendo ser de sujeto activo, con capacidad para exigir derechos, o pasivo, con la obligación de cumplir deberes.
Balanza de justicia equilibrada de metal brillante con acabado dorado y platos colgantes, sobre fondo neutro que resalta su silueta.

Hechos y Actos Jurídicos: Naturaleza y Consecuencias

Los "hechos jurídicos" son acontecimientos que, sin intervención de la voluntad humana o con ella, generan efectos jurídicos. Se dividen en "hechos jurídicos en sentido amplio", que incluyen actos humanos a los que la ley atribuye consecuencias jurídicas, y "hechos jurídicos en sentido estricto", que son sucesos naturales como el nacimiento o la muerte. Los "actos jurídicos", en cambio, son manifestaciones de voluntad destinadas a crear, modificar o extinguir derechos y obligaciones. Estos pueden ser "lícitos", cuando se ajustan a la normativa legal, o "ilícitos", cuando contravienen el ordenamiento jurídico, como en los casos de delitos y cuasidelitos. Los "negocios jurídicos" son una categoría especial de actos jurídicos que tienen por objeto la creación de relaciones jurídicas patrimoniales, y pueden ser unilaterales o bilaterales, según si generan obligaciones para una o ambas partes respectivamente.

La Autonomía Privada y sus Limitaciones en la Contratación

La "autonomía privada" es el principio que reconoce la libertad de los individuos para establecer acuerdos y definir su contenido, siempre dentro de los márgenes que la ley y el orden público permiten. No obstante, esta libertad contractual está sujeta a limitaciones, como las "cargas o límites de la autonomía privada", que son deberes de conducta que las partes deben respetar al contratar. Entre estas cargas se encuentran la de la sagacidad, que exige un análisis cuidadoso de las condiciones contractuales; la de la legalidad, que obliga a las partes a ajustarse al marco legal; y la de la claridad, que promueve la transparencia y la precisión en la formulación del contrato. La doctrina y la jurisprudencia han señalado la necesidad de diferenciar claramente entre contrato y convención, así como de reconocer la bilateralidad inherente a los contratos, para evitar ambigüedades en su interpretación y aplicación.

Clasificación y Características de los Negocios Jurídicos

Los negocios jurídicos se clasifican en función de su estructura y los efectos que producen. Pueden ser "unipersonales", cuando una sola persona establece el negocio jurídico, o "pluripersonales", cuando intervienen varias partes. Esta clasificación es relevante para determinar la autonomía de las partes, la interpretación del negocio y su posible revocación. Los negocios jurídicos también se diferencian en "mortis causa", que dependen del fallecimiento de una persona para surtir efecto, y "inter vivos", que tienen efecto durante la vida de los sujetos. La forma de los negocios jurídicos puede ser libre o formal, siendo en algunos casos la observancia de ciertas formalidades una condición necesaria para su validez, eficacia o para su prueba ante terceros.

Tipología de los Contratos y su Función en el Derecho Civil

Los contratos son acuerdos de voluntades que generan obligaciones y derechos entre las partes. Se clasifican en "bilaterales", cuando ambas partes asumen obligaciones recíprocas, y "unilaterales", cuando solo una de las partes se obliga hacia la otra. También existen los "sinalagmáticos imperfectos", que son aquellos en los que las obligaciones para ambas partes surgen en distintos momentos de su ejecución. La tipología contractual es esencial para comprender la dinámica de las obligaciones, la reciprocidad de los derechos y deberes y las implicaciones legales que conlleva el incumplimiento de los contratos en el ámbito del Derecho Civil.