Los conceptos de derecho objetivo y subjetivo son pilares del sistema jurídico, regulando la conducta social y otorgando facultades individuales. Se abordan principios de igualdad ante la ley y la aceptación de desigualdades legítimas basadas en roles sociales. Teorías y debates sobre la naturaleza y preeminencia del derecho subjetivo frente al objetivo, así como la clasificación y tipología de los derechos subjetivos, son esenciales para entender la estructura legal y sus aplicaciones.
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El derecho objetivo comprende un sistema de normas y reglas jurídicas que regulan la conducta social
El derecho objetivo impone deberes y prescribe sanciones para los casos de incumplimiento de las normas
El derecho objetivo tiene como objetivo regular la conducta social a través de normas y reglas jurídicas
El derecho subjetivo se refiere a las facultades y prerrogativas que el ordenamiento jurídico confiere a los sujetos
Aunque el derecho subjetivo otorga ciertas libertades, estas están circunscritas por obligaciones que aseguran su ejercicio en armonía con el sistema legal y los derechos de terceros
El derecho subjetivo puede ser ejercido por personas físicas o jurídicas, y les permite realizar acciones o exigir beneficios específicos
La igualdad ante la ley es un principio fundamental del derecho que establece que todas las personas deben ser tratadas de manera equitativa por el sistema jurídico
La desigualdad jurídica subjetiva reconoce que existen diferencias legítimas en los derechos y obligaciones entre distintos sujetos o grupos
La desigualdad jurídica subjetiva se justifica por la diversidad de roles y responsabilidades que cada grupo o individuo desempeña en la estructura social
Juristas como Bernardo Windscheid y Rodolfo Von Ihering han conceptualizado el derecho subjetivo como un poder inherente a la voluntad individual o como un interés jurídicamente protegido
Diferentes teóricos han definido el derecho subjetivo como una facultad de actuar reconocida por la ley, una prerrogativa derivada de un derecho objetivo, o una especificación del derecho objetivo
Algunas corrientes filosóficas y jurídicas han cuestionado la existencia del derecho subjetivo, argumentando que solo el derecho objetivo posee realidad tangible
Algunos teóricos afirman que las primeras restricciones a la conducta humana surgieron para proteger intereses individuales (derecho subjetivo)
Otros teóricos defienden que las normas generales (derecho objetivo) precedieron, estableciéndose para dirimir conflictos a partir de una noción colectiva de justicia
El debate sobre la preeminencia del derecho subjetivo frente al derecho objetivo es complejo y se relaciona con la historia y evolución del derecho
Los derechos subjetivos públicos corresponden al Estado y se ejercen en el ejercicio de sus funciones soberanas
Los derechos subjetivos privados pertenecen a individuos o entidades no estatales y comprenden aspectos como la identidad personal, las relaciones familiares, las obligaciones contractuales, la propiedad y los derechos sobre bienes inmateriales
Los derechos subjetivos privados se subdividen en categorías como los derechos de la personalidad, familiares, de crédito, reales e intelectuales
El deber jurídico es la obligación impuesta por una norma y exigible coactivamente
La relación jurídica es el vínculo entre sujetos en torno a bienes o intereses regulados por el derecho
La sanción jurídica es la respuesta del sistema legal ante el incumplimiento de una norma y puede ser de naturaleza penal, civil o administrativa
El derecho premial consiste en incentivos o reconocimientos honoríficos otorgados por el Estado para promover conductas socialmente deseables