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La Ley 1010 de 2006 en Colombia es esencial para combatir el acoso laboral, protegiendo la dignidad y salud mental de los trabajadores. Establece definiciones, formas de acoso y sanciones, aplicables en el ámbito laboral público y privado, excluyendo relaciones sin subordinación.
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Establecer un marco normativo para definir, prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y hostigamiento en el ámbito laboral
Proteger la dignidad de los trabajadores y promover un ambiente laboral respetuoso y libre de abusos
La ley se aplica en todas las relaciones laborales de carácter privado y público, excluyendo aquellas de índole civil y comercial que no impliquen una relación de subordinación
El acoso laboral se caracteriza por comportamientos persistentes y demostrables que tienen como fin intimidar, infundir temor, perjudicar profesionalmente al trabajador, desmotivarlo o inducir su renuncia
La ley distingue diversas formas de acoso laboral, como el maltrato, la persecución, la discriminación, el entorpecimiento, la inequidad y la desprotección
El acoso laboral puede ser perpetrado por superiores, colegas o subordinados, y las víctimas pueden ser empleados del sector privado, funcionarios públicos y superiores jerárquicos cuando el acoso proviene de subordinados
La ley reconoce ciertas circunstancias que pueden mitigar la severidad del acoso laboral, como la existencia de una conducta previa intachable, actuar bajo una emoción o pasión excusable, entre otros
Hay factores que agravan la conducta, como la reiteración del acoso, la presencia de múltiples causales, actuar con motivaciones deshonrosas o mediante engaño, entre otros
La ley presume la existencia de acoso laboral ante la demostración de ciertas conductas repetitivas y públicas, como agresiones físicas, insultos, comentarios despectivos, entre otros