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El Código de Comercio español regula la actividad mercantil, estableciendo normas para comerciantes y sociedades. Incluye disposiciones sobre el Registro Mercantil, obligaciones contables, contratos mercantiles y tipos de sociedades. Además, aborda otras operaciones comerciales, asegurando la transparencia y seguridad jurídica en el comercio.
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El Código de Comercio español se basa en el modelo del Código Napoleónico, que buscaba regular de manera sistemática las distintas ramas del derecho
El Código de Comercio fue creado con el objetivo de proporcionar un marco legal claro y coherente para los comerciantes y las compañías, así como para regular los actos de comercio y los contratos mercantiles
Con el paso del tiempo, algunas secciones del Código de Comercio han sido reemplazadas o modificadas por leyes especiales que abordan materias específicas, como la Ley de Sociedades de Capital y la Ley del Mercado de Valores
Según el Código de Comercio, se considera comerciante a toda persona mayor de edad que tenga libre disposición de sus bienes y se dedique habitualmente al comercio
Los menores de edad y las personas incapacitadas legalmente no pueden ejercer el comercio por sí mismos, pero pueden hacerlo a través de representantes legales
Están impedidos de ser comerciantes aquellos sujetos a inhabilitación judicial, los que tienen prohibido comerciar por ley y ciertos funcionarios públicos
El Registro Mercantil, regulado por el Código de Comercio, tiene como objetivo garantizar la transparencia y la seguridad jurídica en el tráfico mercantil, así como la interconexión de la información comercial a nivel europeo
En el Registro Mercantil deben inscribirse los empresarios individuales, las sociedades mercantiles, las entidades de seguros y crédito, entre otros, así como determinados actos y contratos
Además de la inscripción de empresarios y actos mercantiles, el Registro Mercantil también tiene la función de legalizar los libros de los empresarios y proporcionar publicidad a los actos inscritos
El Código de Comercio exige que todos los empresarios lleven una contabilidad ordenada y adecuada a su actividad, complementada por el Plan General de Contabilidad y la normativa fiscal vigente
Los libros contables obligatorios incluyen el Libro de Inventarios y Cuentas Anuales, el Libro Diario y, en el caso de las sociedades, el Libro de Actas, y deben ser legalizados en el Registro Mercantil
La contabilidad tiene carácter confidencial y solo puede ser divulgada en circunstancias excepcionales y ante autoridades competentes