Los contratos de obras en la administración pública establecen la relación entre entidades gubernamentales y contratistas privados para la ejecución de infraestructuras. Se rigen por la LCSP y requieren de un proceso de adjudicación detallado, cumpliendo con obligaciones antes, durante y después de la obra. La dirección de obras supervisa y controla el cumplimiento de los estándares técnicos y normativos.
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Los contratos de obras en la administración pública son acuerdos legales para la realización de proyectos de construcción, reparación o mantenimiento de infraestructuras
Contratos administrativos
Los contratos administrativos se rigen por la Ley 9/2017 y su reglamento, y se aplican normas de derecho administrativo y privado
Contratos privados
Los contratos privados se someten a la normativa del derecho privado
Las entidades que pueden celebrar contratos de obras incluyen la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales
Antes de la ejecución de una obra, se debe elaborar un proyecto técnico que incluya una memoria descriptiva, planos, pliego de condiciones técnicas, presupuesto y programa de ejecución
La LCSP establece diferentes categorías de obras, cada una con sus propios procedimientos de contratación y criterios de adjudicación
Los contratos menores, de valor inferior a 40.000 euros sin IVA, tienen un proceso de adjudicación más ágil y simplificado
Antes de iniciar la obra, el contratista debe demostrar su capacidad legal, solvencia económica y técnica, y cumplir con otros requisitos como la clasificación empresarial y la constitución de garantías
Durante la ejecución, el contratista debe seguir las especificaciones del contrato y del proyecto, realizar modificaciones si es necesario, respetar los plazos y notificar la finalización de la obra
Una vez finalizada la obra, el contratista debe participar en el acto de recepción, subsanar defectos y garantizar la conservación y seguridad de la obra durante el periodo de garantía
La dirección de obras es responsable de supervisar y controlar el proceso constructivo, asegurando el cumplimiento de estándares técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales
El director de obra debe verificar el correcto replanteo, la idoneidad de la cimentación y estructura, realizar modificaciones si es necesario, y firmar el acta de replanteo y el Certificado Final de Obra
En el contexto de obras públicas, el director de obra también debe asegurar la disponibilidad de terrenos, autorizar el inicio de los trabajos, realizar ensayos y certificaciones, y estar presente en la recepción de la obra