La Ley Federal del Trabajo en México establece causas justificadas para la terminación de la relación laboral sin responsabilidad para el empleador, incluyendo engaño, inasistencias y más. Los trabajadores tienen derechos ante despidos injustificados, como la reinstalación o indemnización, y existen sanciones para dilaciones en procesos laborales. Además, se detallan excepciones a la reinstalación obligatoria del trabajador.
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Causas de Terminación de la Relación Laboral sin Responsabilidad para el Empleador
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo en México, la relación laboral puede ser concluida por cualquiera de las partes, ya sea el trabajador o el empleador, por motivos justificados, sin que esto implique responsabilidad para quien la termina. El Artículo 47 de dicha ley enumera las causas por las cuales un empleador puede rescindir el contrato de trabajo sin necesidad de indemnizar al trabajador. Estas causas incluyen, pero no se limitan a, el engaño por parte del trabajador al usar certificados o referencias falsas, conductas inapropiadas como faltas de probidad o actos de violencia, daños deliberados a la propiedad de la empresa, inasistencias reiteradas sin justificación, desobediencia de órdenes legítimas, rechazo a adoptar medidas de seguridad, y la divulgación de secretos industriales o información confidencial. La comprobación de cualquiera de estas conductas faculta al empleador para finalizar la relación laboral sin responsabilidades adicionales.
Proceso de Notificación de Rescisión y Plazos de Prescripción
En el evento de que un empleador decida rescindir la relación laboral por alguna de las causas previamente mencionadas, es obligatorio que se notifique al trabajador por escrito, detallando de manera explícita las razones y las fechas en que se cometieron las faltas. Esta notificación debe ser entregada directamente al trabajador en el momento del despido o, en su defecto, presentada ante la Junta de Conciliación y Arbitraje correspondiente dentro de los cinco días hábiles siguientes. La omisión de esta notificación se interpreta como un despido injustificado, salvo que el empleador demuestre lo contrario. El término para que el trabajador inicie un procedimiento legal en respuesta al despido no comienza hasta que este reciba la notificación formal de la rescisión.
Protección al Trabajador ante un Despido Injustificado
En caso de que un trabajador sea despedido sin una causa justificada, tiene derecho a acudir ante la instancia de conciliación o al Tribunal Laboral para solicitar su reinstalación en el mismo puesto o recibir una indemnización que corresponde a tres meses de su salario. Si el empleador no prueba la causa de rescisión durante el juicio, el trabajador tiene derecho a los salarios caídos desde la fecha del despido hasta que se cumpla un límite de doce meses. Si el proceso legal se extiende más allá de este periodo sin resolución o sin cumplimiento de la sentencia, se acumularán intereses sobre quince meses de salario. En el triste evento del fallecimiento del trabajador, el derecho a los salarios vencidos se extingue a partir de la fecha de defunción.
Sanciones por Dilaciones y Actuaciones Irregulares en el Proceso Laboral
La legislación laboral mexicana impone sanciones a aquellos abogados, litigantes, representantes legales y funcionarios públicos que incurran en prácticas dilatorias o irregulares con la intención de prolongar o complicar los procesos judiciales laborales. Las multas establecidas para estas infracciones oscilan entre 100 y 1000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente. En el caso de los funcionarios públicos, las sanciones pueden incluir la suspensión de su empleo, cargo o comisión sin goce de sueldo o incluso la destitución. Si se identifican delitos contra la administración de justicia, se procederá a informar al Ministerio Público para que realice las investigaciones pertinentes.
Excepciones a la Reinstalación Obligatoria del Trabajador
Existen circunstancias específicas en las que el empleador no está obligado a reinstalar al trabajador despedido, pudiendo optar por el pago de indemnizaciones. Estas excepciones aplican a trabajadores con menos de un año de servicio, empleados de confianza, trabajadores domésticos, personal eventual y en situaciones donde el Tribunal determine que la relación laboral no puede continuar de manera normal. El empleador puede consignar la indemnización correspondiente ante el Tribunal, y si el trabajador no está conforme con la procedencia o el monto de la misma, tiene el derecho de iniciar un juicio laboral para la defensa de sus intereses.
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