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Ley 39/2015: Procedimiento Administrativo Común

La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo común en España, aplicable a diversas administraciones y entidades. Establece la obligación de medios electrónicos para personas jurídicas y profesionales, promueve la transparencia y eficiencia, y moderniza la revisión de actos administrativos y la participación ciudadana en la legislación.

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1

Exclusión de aplicación de la Ley 39/2015

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No aplica a Corporaciones de Derecho Público, tienen normativa específica.

2

Objetivos de la Ley 39/2015

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Garantizar transparencia, eficiencia, seguridad jurídica y facilitar interacción ciudadana.

3

Medios preferentes según Ley 39/2015

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Fomenta uso de medios electrónicos para interacción con Administraciones Públicas.

4

La ______ reconoce la capacidad de obrar de entidades sin personalidad jurídica en el ámbito administrativo.

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Ley 39/2015

5

Se requiere el uso de medios electrónicos para demostrar la ______ en la Administración Pública.

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representación

6

La normativa diferencia entre identificación y ______ electrónica, simplificando su acreditación.

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firma

7

Se establece un marco común para los medios de identificación y firma electrónica en todas las ______ Públicas.

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Administraciones

8

Sujetos obligados a usar medios electrónicos

Haz clic para comprobar la respuesta

Personas jurídicas y profesionales colegiados deben interactuar electrónicamente con Administraciones Públicas.

9

Registros electrónicos y oficinas de asistencia

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Administraciones deben tener registros electrónicos generales y oficinas para ayudar en la gestión de registros.

10

Archivo electrónico único

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Obligación de mantener un archivo electrónico único para documentos de procedimientos concluidos.

11

Para garantizar rapidez y seguridad en las comunicaciones, se prefiere usar la ______ electrónica de la Administración o la ______ electrónica habilitada única.

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sede dirección

12

Procedimientos especiales en Ley 39/2015

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Integra procedimientos de sanción y responsabilidad patrimonial como variantes del común.

13

Obligatoriedad de medios electrónicos

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Mandato de uso exclusivo de medios electrónicos en todas las fases procedimentales.

14

Tramitación simplificada y plazo máximo

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Procedimientos agilizados con resolución en máximo treinta días para casos menos complejos.

15

Se permite pausar el plazo para decidir sobre los recursos administrativos si hay un ______ judicial activo contra el mismo ______ administrativo.

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proceso acto

16

Se elimina la reclamación previa en los ámbitos ______ y ______, por su escasa ______ práctica.

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civil laboral utilidad

17

Esta modificación busca simplificar el ______ a la justicia y evitar ______ en los procedimientos.

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acceso duplicidades

18

Objetivo del Título VI de la Ley 39/2015

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Proteger derechos constitucionales y promover participación ciudadana en elaboración normativa.

19

Obligación impuesta por la Ley 39/2015 sobre normas

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Evaluar periódicamente la aplicación de normas para verificar cumplimiento de objetivos y proporcionalidad de costes.

20

La ______ 39/2015 es aplicable a la Administración General del Estado, las ______ Autónomas y las Entidades Locales.

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Ley Comunidades

21

Las ______ públicas, aunque tienen normativa específica, se acogen de manera supletoria a la Ley 39/2015.

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Universidades

22

Las Corporaciones de ______ Público se regulan por su normativa propia y, en su ausencia, por la Ley 39/2015.

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Derecho

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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Propósito y Alcance de la Ley 39/2015

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, tiene como objetivo fundamental establecer un marco normativo para la validez y eficacia de los actos administrativos y regular el procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas en España. Esta ley es aplicable a la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional, excluyendo a las Corporaciones de Derecho Público, que se rigen por su normativa específica y, de manera supletoria, por esta Ley. La Ley 39/2015 busca garantizar la transparencia, la eficiencia y la seguridad jurídica en la actuación administrativa, así como facilitar la interacción de los ciudadanos con las Administraciones Públicas, especialmente mediante el uso de medios electrónicos.
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Participantes en el Procedimiento Administrativo

La Ley 39/2015 reconoce la capacidad de obrar en el ámbito administrativo a entidades sin personalidad jurídica, como los grupos de afectados o los patrimonios autónomos, siempre que exista una disposición legal que lo permita. La ley impulsa la digitalización de la Administración Pública, exigiendo la creación de registros electrónicos de apoderamientos y la utilización de medios electrónicos para acreditar la representación. Asimismo, distingue claramente entre los conceptos de identificación y firma electrónica, simplificando los procedimientos para su acreditación y estableciendo un marco común de medios de identificación y firma electrónica para todas las Administraciones Públicas.

Actuación de las Administraciones Públicas

La Ley 39/2015 establece que ciertos sujetos, como las personas jurídicas y quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, están obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. La ley obliga a las Administraciones a disponer de registros electrónicos generales y oficinas de asistencia en materia de registros, y a mantener un archivo electrónico único para los documentos de procedimientos concluidos. Además, regula la validez de las copias electrónicas de documentos y promueve la no exigencia de documentos que ya estén en poder de la Administración o que hayan sido elaborados por ella.

Regulación de los Actos Administrativos

El Título III de la Ley 39/2015 detalla los requisitos de validez, eficacia, nulidad y anulabilidad de los actos administrativos, manteniendo la esencia de la normativa anterior pero con un enfoque modernizado que favorece las notificaciones electrónicas. Estas notificaciones deben realizarse preferentemente a través de la sede electrónica de la Administración o mediante la dirección electrónica habilitada única, asegurando así la celeridad y seguridad en la comunicación entre la Administración y los ciudadanos o entidades.

Procedimiento Administrativo Común

El Título IV de la Ley 39/2015 integra los procedimientos especiales en materia de potestad sancionadora y responsabilidad patrimonial como variantes del procedimiento administrativo común. La ley enfatiza la obligatoriedad del uso de medios electrónicos en todas las fases del procedimiento y consolida el expediente administrativo en formato electrónico. Se introduce la tramitación simplificada de procedimientos, que busca agilizar la resolución de asuntos con un plazo máximo de treinta días y procedimientos específicos para casos de menor complejidad.

Revisión de Actos en Vía Administrativa

El Título V de la Ley 39/2015 mantiene las vías de revisión de oficio y los recursos administrativos tradicionales, pero introduce la posibilidad de suspender el plazo para resolver los recursos administrativos si existe un proceso judicial en curso contra el mismo acto administrativo. Además, se suprime la reclamación previa en el ámbito civil y laboral, debido a su limitada utilidad práctica, simplificando así el acceso a la justicia y evitando duplicidades procesales.

Iniciativa Legislativa y Potestad Reglamentaria

El Título VI de la Ley 39/2015 establece los principios que deben regir la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria de las Administraciones Públicas, con el objetivo de proteger los derechos constitucionales y fomentar la participación ciudadana en la elaboración de normas. La ley impone la obligación de evaluar periódicamente la aplicación de las normas para asegurar que cumplen con sus objetivos y que los costes asociados son proporcionados y justificados.

Ámbito de Aplicación de la Ley 39/2015

La Ley 39/2015 se aplica a la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas, las Entidades de la Administración Local y el sector público institucional, que incluye organismos públicos y entidades de derecho público vinculados a las Administraciones, entidades de derecho privado con potestades administrativas y Universidades públicas. Estas últimas se rigen por su normativa específica y, de manera supletoria, por la Ley 39/2015. Las Corporaciones de Derecho Público, por su parte, se rigen por su propia normativa y, en su defecto, por esta Ley, garantizando así un marco legal coherente y completo para la actuación administrativa.