El proceso romano y su estructura, desde la notificación de demanda hasta la sentencia, reflejan la complejidad del sistema legal de la Antigua Roma. Se abordan los procedimientos en las épocas arcaica y clásica, incluyendo las legis actiones y el procedimiento formulario. Además, se detalla el procedimiento extraordinario y la importancia de la fórmula. Se examinan los derechos reales, la clasificación de bienes, el dominio y los modos de adquirirlo, así como las obligaciones y su clasificación en el derecho romano.
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La notificación de la demanda que inicia el proceso romano
Base legal del proceso romano
El fallo final que resuelve la controversia entre las partes
Testigos o garantes pueden ser involucrados en el proceso romano
Convocatoria de las partes ante el tribunal para exponer los hechos y presentar pruebas
La acción es el derecho a demandar lo que se considera propio en el proceso romano
Abordan delitos contra el orden público
Atienden disputas entre particulares
Los procesos civiles se dividen en ordinarios y extraordinarios según su desarrollo y fases
Procedimientos ceremoniales restringidos a ciudadanos romanos y basados en el derecho consuetudinario
Incluyen la legis actio sacramento y la legis actio per iudicis arbitrive postulationem
Permitían al acreedor tomar al deudor bajo custodia o embargar sus bienes
El pretor introdujo el procedimiento formulario que permitía mayor flexibilidad y adaptación a cada caso
Encargado de litigios entre no ciudadanos o ciudadanos con extranjeros
La fórmula era un documento escrito que establecía los términos del litigio y la litis contestatio marcaba el inicio formal del proceso
Con la consolidación del poder imperial se introdujo un sistema de instancias y la notificación en el proceso romano
La fórmula incluía elementos esenciales como el nombramiento del juez, la exposición del caso y la condena
El praescriptio y la exceptio permitían al demandado presentar defensas en el proceso romano
Los derechos reales en Roma se refieren a la relación entre una persona y una cosa
Los bienes se clasificaban en mancipi y nec mancipi, fungibles y no fungibles, consumibles y no consumibles, y genéricos y específicos
En la época clásica se distinguía entre cosas corporales e incorporales y si los bienes estaban dentro o fuera del comercio
El dominio en el derecho romano incluía el derecho al uso, disfrute, disposición y posesión de un bien
Se distinguía entre dominio civil, pretorio y provincial en el derecho romano
La reivindicatoria y la publiciana eran acciones para proteger el dominio en el proceso romano
La obligación en el derecho romano es un vínculo por el cual el deudor debe cumplir una prestación al acreedor
Se clasificaban en contractuales o extracontractuales, civiles o naturales, genéricas o específicas, y unilaterales o bilaterales
La mora se refiere al incumplimiento en la ejecución de la prestación en el proceso romano