Las fundaciones son entidades legales sin fines de lucro que se establecen para servir al interés general mediante un patrimonio dedicado a objetivos sociales, educativos o culturales. Se rigen por estatutos que definen su estructura y funcionamiento, y están sujetas a supervisión para garantizar la transparencia y el uso adecuado de los recursos.
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Las fundaciones son entidades legales sin ánimo de lucro que se establecen con el propósito de servir al interés general o a una parte de la comunidad
Constitución por la voluntad de uno o más individuos o entidades
Las fundaciones se constituyen por la voluntad de uno o más individuos o entidades que aportan bienes, derechos o recursos económicos para fines altruistas
Objetivos sociales, educativos, científicos, culturales o benéficos
El patrimonio de las fundaciones se dedica permanentemente a fines altruistas, como objetivos sociales, educativos, científicos, culturales o benéficos
El proceso de creación de una fundación comienza con el acto fundacional, en el cual se destinan bienes o recursos para constituir el patrimonio fundacional y se redactan los estatutos que regirán la entidad
Los estatutos de una fundación definen su estructura organizativa y las reglas para su funcionamiento
Identidad de los fundadores y denominación de la fundación
Los estatutos deben incluir la identidad de los fundadores y la denominación de la fundación
Descripción detallada de los fines y composición del patrimonio inicial
Los estatutos deben contener una descripción detallada de los fines de la fundación y la composición del patrimonio inicial
Directrices para la gestión y crecimiento del patrimonio
Los estatutos deben establecer directrices para la gestión y crecimiento del patrimonio de la fundación
Las fundaciones están sujetas a un sistema de supervisión y regulación para garantizar la transparencia y el correcto uso de los recursos en la consecución de sus fines