Derechos Humanos y Fundamentales: Diferenciación y Protección
Es esencial distinguir entre derechos humanos y derechos fundamentales, aunque ambos comparten una estructura lógica similar. Los derechos humanos son inherentes a todos los seres humanos y son reconocidos a nivel internacional, mientras que los derechos fundamentales se derivan de fuentes jurídicas específicas, como las constituciones y las leyes nacionales. Los derechos humanos se protegen internacionalmente, y los fundamentales, nacionalmente. Con el tiempo, los derechos humanos pueden ser incorporados como derechos fundamentales en las constituciones nacionales, lo que lleva a cuestionar si es necesario mantener la distinción entre ambos.Evolución y Clasificación de los Derechos Fundamentales
Los derechos fundamentales tienen una historia evolutiva, con antecedentes en documentos históricos como la Carta Magna y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. En México, la Constitución de 1857 fue pionera en reconocer un catálogo de derechos fundamentales. Estos derechos se clasifican en libertades, facultades y derechos de prestación, y su protección se asegura mediante mecanismos como el juicio de amparo. La teoría de los derechos fundamentales, desarrollada por juristas como Robert Alexy, se enfoca en derechos que son válidos dentro de un sistema jurídico positivo.La Positivización de los Derechos Humanos y su Dinamismo
La positivización de los derechos humanos les otorga una protección jurídica efectiva, distinta de la protección de los derechos fundamentales. Estos derechos han evolucionado para reflejar los cambios en la sociedad y en el reconocimiento de nuevos derechos. Se organizan en generaciones, que van desde los derechos individuales hasta los derechos colectivos y de la "humanidad", como el derecho a un medio ambiente sano. Este dinamismo demuestra la capacidad de los derechos humanos para adaptarse y expandirse, superando una fundamentación puramente naturalista.Diferencia Formal entre Derechos Humanos y Fundamentales
La diferencia formal entre derechos humanos y fundamentales reside en su vinculación con un sistema jurídico que permite exigir la conducta prescrita. A diferencia de los derechos fundamentales, los derechos humanos no cuentan con una institución internacional que garantice su cumplimiento. La coercibilidad, bilateralidad y heteronomía son características del derecho actual que subyacen a la obligatoriedad de los derechos fundamentales, diferenciándolos de los derechos humanos.Integración de los Derechos Humanos en el Derecho Interno
Los tratados internacionales sobre derechos humanos se integran en el derecho interno de los países, lo que puede ampliar su protección. En México, estos tratados tienen el estatus de "ley suprema de toda la Unión", aunque están subordinados a la Constitución. La eficacia de los derechos humanos en el derecho interno depende tanto de los mecanismos de control jurídico como de una conciencia social que respete estos derechos y la Constitución. La protección de los derechos humanos en el derecho interno se fortalece al ser considerados como derechos fundamentales, lo que les confiere un carácter jurídico y los protege dentro de un sistema jurídico y sus instituciones.