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La Constitución Española de 1978: Concepto y Origen

La Constitución Española de 1978 es el marco legal supremo que rige la organización política y social de España. Establece los derechos y deberes de los ciudadanos, la estructura del Estado y las instituciones básicas como la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional. Además, define la organización territorial en municipios, provincias y Comunidades Autónomas y establece los procedimientos para su reforma, asegurando la participación ciudadana y la solidaridad interterritorial.

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1

La ______ ______ de 1978 es la base del sistema legal de España y se creó durante la transición a la democracia después de la dictadura de ______ ______.

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Constitución Española Francisco Franco

2

Este documento fundamental establece los principios de ______, ______, ______ y ______ político como valores esenciales del país.

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libertad justicia igualdad pluralismo

3

El proceso para redactar la Constitución empezó después de las elecciones del ______ de ______ de 1977 y fue aprobada por las ______ ______ el 31 de octubre de 1978.

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15 junio Cortes Generales

4

Estructura general de la Constitución española

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Preámbulo, Título Preliminar, 10 Títulos, Disposiciones Adicionales y Transitorias, Derogatoria y Final.

5

Parte Dogmática de la Constitución

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Título Preliminar y Título I: valores del Estado, derechos y libertades fundamentales.

6

Parte Orgánica de la Constitución

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Títulos II a IX: estructura y funcionamiento del Estado.

7

El Rey simboliza la ______ y ______ del Estado, y sus acciones deben ser confirmadas por las autoridades pertinentes.

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unidad permanencia

8

Las ______ ______, formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado, tienen la autoridad para legislar y fiscalizar al ______.

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Cortes Generales Gobierno

9

El ______ ______ del Poder Judicial, que opera de manera independiente, se sitúa en la cima de la estructura judicial española.

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Tribunal Supremo

10

Organización territorial del Estado español

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Dividida en municipios, provincias y Comunidades Autónomas con autonomía para autogobierno y gestión de intereses.

11

Principio de solidaridad interterritorial

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Mecanismos como el Fondo de Compensación Interterritorial buscan equilibrar la economía entre regiones.

12

Procedimientos de reforma constitucional

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Reformas parciales o totales con distintos niveles de consenso; reformas fundamentales requieren referéndum.

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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Concepto y Origen de la Constitución Española de 1978

La Constitución Española de 1978, piedra angular del ordenamiento jurídico español, fue concebida como resultado del consenso político alcanzado durante la transición a la democracia tras la dictadura de Francisco Franco. Representa la voluntad soberana del pueblo español y consagra los valores de libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. Su proceso de elaboración comenzó con la iniciativa parlamentaria posterior a las primeras elecciones democráticas del 15 de junio de 1977. Tras un intenso debate y consenso entre las principales fuerzas políticas, fue aprobada por las Cortes Generales el 31 de octubre de 1978, ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, sancionada por el Rey Juan Carlos I el 27 de diciembre de 1978 y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre de 1978, momento en el cual entró en vigor. Se distingue por su procedimiento de reforma especialmente riguroso, su carácter extenso y detallado, y su naturaleza inclusiva, reflejando influencias de constituciones europeas contemporáneas como la italiana de 1947 y la francesa de 1958.
Pila de tres libros con tapas en rojo oscuro, azul marino y verde oscuro y pluma estilográfica negra con detalles metálicos sobre ellos.

Estructura y Contenido de la Constitución Española

La Constitución española se estructura en un Preámbulo, un Título Preliminar, diez Títulos, cuatro Disposiciones Adicionales, nueve Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria y una Disposición Final, con un total de 169 artículos. Se divide en dos secciones fundamentales: la Parte Dogmática, que comprende el Título Preliminar y el Título I, donde se proclaman los valores superiores del Estado y se reconocen los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos; y la Parte Orgánica, que se extiende desde el Título II hasta el Título IX, detallando la estructura y funcionamiento del Estado. El Preámbulo, aunque no tiene valor normativo, expone los propósitos y aspiraciones de la nación, mientras que el Título Preliminar define la forma política del Estado español como un Estado social y democrático de derecho y el Título I establece los derechos y deberes de los ciudadanos y los principios rectores de la política social y económica.

Instituciones Fundamentales del Estado Español

La Constitución Española de 1978 configura las instituciones básicas del Estado, que son la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno, el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional. La Corona, con el Rey como símbolo de la unidad y permanencia del Estado, tiene funciones representativas, arbitrales y moderadoras, y sus actos deben ser refrendados por las autoridades competentes para su validez. Las Cortes Generales, bicamerales, compuestas por el Congreso de los Diputados y el Senado, ejercen la potestad legislativa, aprueban los presupuestos y controlan la acción del Gobierno. El Gobierno, presidido por el Presidente del Gobierno y compuesto por los Ministros, detenta la función ejecutiva y la potestad reglamentaria. El Poder Judicial, independiente, es ejercido por jueces y magistrados que imparten justicia en nombre del Rey y está regido por el Consejo General del Poder Judicial, con el Tribunal Supremo en la cúspide de la organización judicial. El Tribunal Constitucional es el intérprete supremo de la Constitución, garantizando su cumplimiento y resolviendo conflictos de competencia y recursos de inconstitucionalidad.

Organización Territorial y Reforma Constitucional

La Constitución Española articula la organización territorial del Estado en municipios, provincias y Comunidades Autónomas, dotadas de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses y la promoción del autogobierno. Se establece el principio de solidaridad entre todas las entidades territoriales, con mecanismos como el Fondo de Compensación Interterritorial destinado a corregir desequilibrios económicos entre las diferentes regiones. El Título X de la Constitución establece los procedimientos para su reforma, que puede ser parcial o total. Las reformas requieren diferentes niveles de consenso y, en casos de reforma total o de modificación de elementos fundamentales, se exige una ratificación mediante referéndum. Este mecanismo asegura que cualquier cambio en la carta magna sea reflejo de la voluntad popular y respete la esencia del pacto constitucional.