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La Ley de Navegación y Comercio Marítimos regula las actividades marítimas en México, excluyendo embarcaciones militares. Define conceptos como 'navegación' y 'comercio marítimo', y establece la jurisdicción federal sobre vías navegables. La Secretaría de Comunicaciones y Transportes y las capitanías de puerto ejercen la autoridad marítima, enfocándose en la seguridad, eficiencia y protección ambiental.
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Regular las actividades relacionadas con las vías acuáticas de comunicación, la navegación marítima, los servicios marítimos, la marina mercante y el comercio marítimo
La legislación no se aplica a las embarcaciones de la Armada de México pertenecientes a la Secretaría de Marina
Se aplica a todos los actos y bienes relacionados con el comercio marítimo para garantizar la seguridad en la navegación, la eficiencia en el transporte marítimo y la protección del medio ambiente marino
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes es la entidad encargada de la administración del sector marítimo
El desplazamiento de embarcaciones a través de cuerpos de agua
El transporte marítimo de personas y mercancías, así como otras actividades económicas relacionadas con el mar
Las vías generales de comunicación por agua, incluyendo el mar territorial, la zona económica exclusiva, las aguas marinas interiores, los ríos y lagos aptos para la navegación y los canales
Las vías navegables están sujetas a regulaciones específicas para garantizar su uso seguro y eficiente
Las vías navegables son vitales para el desarrollo y mantenimiento del comercio marítimo y actividades relacionadas
La jurisdicción federal en México abarca todo lo relacionado con las vías navegables, la navegación y el comercio marítimo dentro de las aguas nacionales
La ley establece regulaciones uniformes para embarcaciones y artefactos navales, con algunas excepciones
Las embarcaciones mexicanas deben cumplir con la legislación nacional incluso cuando navegan fuera de aguas mexicanas
La autoridad marítima en México es ejercida por el Ejecutivo Federal, principalmente a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y las capitanías de puerto
La Secretaría tiene facultades extensas, incluyendo la planificación y regulación del transporte marítimo, la participación en tratados internacionales y la supervisión de la seguridad marítima
La Secretaría es responsable de la formación profesional y técnica del personal de la marina mercante, la regulación de las tarifas de los servicios marítimos y la aplicación de sanciones ante infracciones a la legislación marítima
Las capitanías de puerto son autoridades locales en cada puerto habilitado
Entre sus funciones se encuentran registrar embarcaciones, otorgar autorizaciones de navegación, supervisar la seguridad y eficiencia de las operaciones portuarias y coordinar acciones de auxilio y salvamento marítimo
Las capitanías de puerto llevan a cabo inspecciones y certificaciones de seguridad, y colaboran en la investigación de accidentes marítimos para prevenir incidentes y mantener altos estándares de seguridad en el ámbito marítimo