Las fuentes del derecho en España incluyen la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, con la Constitución de 1978 en la cúspide. El poder ejecutivo puede emitir normas con rango de ley en situaciones excepcionales, mientras que las comunidades autónomas tienen autonomía legislativa en sus competencias. Además, el derecho comunitario de la UE tiene primacía sobre las normas nacionales.
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La ley es la principal fuente del derecho en España y debe respetar siempre la Constitución
La costumbre es una fuente del derecho reconocida en el Código Civil español
Los principios generales del derecho también son una fuente del derecho en España, junto con la ley y la costumbre
La Constitución Española actúa como eje interpretativo de todas las normas en el ordenamiento jurídico español
Las leyes orgánicas requieren una mayoría absoluta del Congreso de los Diputados y se reservan para materias específicas como el desarrollo de los derechos fundamentales y las libertades públicas
En situaciones especiales, el poder ejecutivo puede asumir funciones legislativas a través de decretos legislativos y decretos-leyes
Los reglamentos tienen por objeto detallar y ejecutar las leyes, sin poder contradecirlas ni regular materias reservadas a la ley
Los reglamentos se circunscriben a la organización y funcionamiento interno de la Administración Pública y deben respetar el principio de jerarquía normativa
Las comunidades autónomas en España tienen autonomía legislativa y ejecutiva en las materias que les son atribuidas por sus respectivos Estatutos de Autonomía y la Constitución
Las comunidades autónomas pueden dictar normas con rango de ley en ámbitos como la educación, la sanidad y la ordenación territorial, siempre en armonía con la legislación básica estatal y los principios constitucionales