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La interpretación jurídica se basa en modelos argumentativos que orientan a jueces y abogados. Estos modelos incluyen directivas lingüísticas, sistémicas, funcionales y procedimentales, así como reglas interpretativas en el Estado de derecho y meta-reglas que definen jerarquías y prioridades en la argumentación legal. La integración de estos modelos en códigos interpretativos busca una hermenéutica coherente y fundamentada.
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El modelo argumentativo simple es una herramienta esencial para entender cómo los profesionales del derecho interpretan las leyes y toman decisiones
Ampliamente reconocidos en una cultura jurídica determinada
Los argumentos interpretativos son ampliamente reconocidos dentro de una cultura jurídica determinada
Fundamentales para justificar la interpretación de un texto legal y llenar vacíos
Los argumentos interpretativos son fundamentales tanto para justificar la interpretación de un texto legal como para llenar los vacíos que el texto no abarca explícitamente
Evaluación de la metodología empleada en la interpretación jurídica
El modelo argumentativo simple permite evaluar la metodología empleada en la interpretación jurídica
Los intérpretes suelen presentar sus argumentos como si fueran los únicos posibles, en un fenómeno conocido como la pretensión de corrección
El contexto sistémico hace referencia al marco del sistema jurídico en el que se inscribe la norma legal a interpretar
El sistema jurídico es dinámico y estático a la vez, ya que comprende relaciones sustanciales y formales entre normas de distintos rangos y establece jerarquías normativas
La coherencia y consistencia del sistema son primordiales, evitando contradicciones y manteniendo un orden de valores común
Las directivas sistémicas de interpretación exigen que las disposiciones legales se interpreten de manera que no contradigan el resto del sistema, buscando siempre la mayor coherencia posible con otras normas y principios jurídicos
El contexto funcional considera elementos externos al lenguaje y al sistema jurídico, relacionando el derecho con la sociedad
Las directivas de interpretación funcional se basan en la finalidad o propósito de la norma, ya sea la intención del legislador histórico, del legislador actual o la valoración del propio intérprete
Estas directivas asumen que las finalidades y valoraciones reflejan actitudes compartidas por ciertos grupos sociales o por la sociedad en su conjunto
Las directivas de procedimiento orientan el proceso de interpretación jurídica
La primera directiva sugiere aplicar las directivas lingüística, sistémica y funcional de forma sucesiva hasta lograr un significado claro
La segunda directiva indica que los resultados de cada directiva primaria deben ser contrastados entre sí, pudiendo confirmarse o diferenciarse
En caso de discrepancia, se recurre a directivas de preferencia, que orientan la elección entre interpretaciones alternativas
En un Estado de derecho constitucional-democrático, los jueces deben fundamentar sus interpretaciones en argumentos semánticos, genéticos, históricos, comparativos y sistemáticos
Con la excepción de los prácticos generales, estos argumentos están institucionalizados y su validez depende de la existencia de sistemas jurídicos constitucionalizados
Se exige que los jueces utilicen todos los argumentos relevantes y que los formulen de manera exhaustiva
Además, deben seguir reglas preferenciales que establecen jerarquías entre los argumentos interpretativos, aunque estas jerarquías pueden ser modificadas por consideraciones de mayor peso
Las reglas preferenciales en la interpretación jurídica deben adherirse a dos meta-reglas
La primera meta-regla dicta que las jerarquías entre argumentos interpretativos deben ser definidas por reglas universales, evitando el particularismo interpretativo
La segunda meta-regla establece que las reglas preferenciales son normas presuntas, que establecen prioridades susceptibles de ser superadas por consideraciones más importantes, cuyo peso no puede ser determinado de manera anticipada ni definitiva
El modelo de códigos interpretativos integra conceptos de los modelos previos y distingue entre directivas hermenéuticas primarias, secundarias y terciarias (axiomáticas)
Las directivas primarias ofrecen los medios para atribuir un significado concreto a una disposición legal o para justificar esa atribución
Se identifican cinco tipos de directivas primarias: lingüísticas, (pseudo) psicológicas, sistemáticas, genéticas y teleológicas
Este modelo promueve una interpretación jurídica coherente y fundamentada en una variedad de recursos hermenéuticos