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Los títulos de crédito, como pagarés y letras de cambio, son esenciales en el comercio para garantizar transacciones seguras. Estos documentos representan derechos transferibles y se rigen por principios de literalidad, autonomía y circulación. Su correcta emisión y endoso son clave en la dinámica comercial y están regulados por la LGTOC.
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Los derechos y obligaciones se interpretan conforme a lo expresado en el documento
El derecho contenido en el título es independiente de relaciones jurídicas subyacentes
El derecho está vinculado al documento mismo
Pueden ser de origen público o privado
Pueden ser nominativos, a la orden o al portador
Pueden ser individuales o seriales
Las operaciones que conllevan su creación, transferencia y ejecución son actos mercantiles por naturaleza
Los títulos de crédito son considerados bienes mercantiles
La transmisión de los títulos de crédito se realiza a través de mecanismos como el endoso
Existen diferentes tipos de endoso, como el endoso en propiedad, en procuración y en garantía
La ley establece requisitos específicos para la validez del endoso, como la necesidad de que se realice en el documento y que incluya la firma del endosante
La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito establece las normas que rigen el endoso y la transmisión de los títulos de crédito
El endoso en propiedad implica la transferencia de la propiedad del título y de todos los derechos asociados a este
El endoso en garantía otorga únicamente derechos de acreedor prendario