Las fuentes del derecho, como el corpus teórico jurídico, el derecho consuetudinario y las sentencias judiciales, son esenciales para la creación y aplicación de leyes. Los contratos, con sus sujetos, objeto, causa y forma, establecen relaciones jurídicas patrimoniales. La libertad de contratación está limitada por la ley y la buena fe, mientras que los contratos de consumo están protegidos por principios específicos del derecho del consumidor.
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LOS DOCUMENTOS QUE CONTIENEN EL TEXTO DE UNA LEY O CONJUNTO DE LEYES, FUNDAMENTALES PARA LA COMPRENSIÓN HISTÓRICA Y EL CONOCIMIENTO DEL DERECHO
LA FUENTE PRIMARIA E INAGOTABLE DEL DERECHO, ORIGINADA EN LA MENTE Y LA CREATIVIDAD HUMANA
LA INSTITUCIÓN O ENTIDAD CON PODER PARA CREAR LEYES, ASOCIADA CON LA AUTORIDAD LEGISLATIVA
LOS FACTORES Y ELEMENTOS QUE INFLUYEN EN LA CREACIÓN DE LEYES Y CONDICIONAN SU CONTENIDO
LAS FORMAS LEGALES EN LAS QUE LAS NORMAS JURÍDICAS SE EXPRESAN Y APLICAN
EL CONJUNTO DE CONOCIMIENTOS Y REFERENCIAS LEGALES QUE GUÍAN LA CREACIÓN DE LEYES
LA COSTUMBRE Y LAS PRÁCTICAS QUE SE CONVIERTEN EN NORMAS LEGALES BASADAS EN EL COMPORTAMIENTO REITERADO DE LA SOCIEDAD
LAS DECISIONES JUDICIALES, PRONUNCIAMIENTOS DE TRIBUNALES Y ACUERDOS LEGISLATIVOS QUE INFLUYEN EN LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DE LAS NORMAS LEGALES
UN ACTO JURÍDICO EN EL QUE DOS O MÁS PARTES MANIFIESTAN SU CONSENTIMIENTO PARA CREAR, REGULAR, MODIFICAR, TRANSFERIR O EXTINGUIR RELACIONES JURÍDICAS PATRIMONIALES
LOS REQUISITOS EXTRÍNSECOS E INTRÍNSECOS QUE DETERMINAN LA EFICACIA DEL CONTRATO
LOS REQUISITOS NECESARIOS PARA LA EXISTENCIA DE UN CONTRATO
LOS ELEMENTOS ESTABLECIDOS POR LEY QUE PUEDEN SER MODIFICADOS POR ACUERDO DE LAS PARTES
LOS ELEMENTOS QUE NORMALMENTE NO ESTÁN PRESENTES EN UN CONTRATO PERO QUE PUEDEN SER AGREGADOS POR ACUERDO DE LAS PARTES
LAS PARTES INVOLUCRADAS EN EL CONTRATO, ESENCIALES PARA SU FORMACIÓN
LA PRESTACIÓN QUE DEBE CUMPLIRSE EN EL CONTRATO, INCLUYENDO EL PAGO DEL PRECIO Y LA TRANSFERENCIA DEL INMUEBLE
LA FINALIDAD OBJETIVA O MOTIVO POR EL CUAL LAS PARTES CELEBRAN EL CONTRATO
LA FORMALIDAD REQUERIDA PARA LA VALIDEZ DEL CONTRATO, EN ESTE CASO LA ESCRITURA PÚBLICA ANTE UN ESCRIBANO
PROBLEMAS NO EVIDENTES A SIMPLE VISTA QUE AFECTAN LA HABITABILIDAD DE LA PROPIEDAD Y QUE EL VENDEDOR ESTÁ OBLIGADO A REPARAR SEGÚN EL CCYCN
EL PRINCIPIO DE LIBERTAD DE LAS PARTES PARA CELEBRAR Y ACORDAR LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO DENTRO DE LOS LÍMITES LEGALES Y ÉTICOS
LA POSIBILIDAD DE LAS PARTES DE CREAR NORMAS JURÍDICAS A TRAVÉS DE SUS ACUERDOS, CON LÍMITES DEFINIDOS POR LA LEY
LA OBLIGATORIEDAD DE LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO PARA LAS PARTES, QUE SOLO PUEDEN SER MODIFICADOS O TERMINADOS POR ACUERDO MUTUO O EN SITUACIONES PREVISTAS POR LA LEY
IMPUESTOS POR LA LEY, EL ORDEN PÚBLICO, LA MORAL Y LAS BUENAS COSTUMBRES
JUEGA UN PAPEL IMPORTANTE EN LA CELEBRACIÓN, INTERPRETACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS, OBLIGANDO A LAS PARTES A CUMPLIR SUS OBLIGACIONES DE MANERA JUSTA Y RAZONABLE
UN CONTRATO CELEBRADO ENTRE UN CONSUMIDOR Y UNA PERSONA HUMANA O JURÍDICA PARA ADQUIRIR BIENES O SERVICIOS PARA USO PRIVADO, FAMILIAR O SOCIAL
INFORMACIÓN PRECISA Y DETALLADA
EL PROVEEDOR DEBE PROPORCIONAR INFORMACIÓN CLARA Y COMPRENSIBLE SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS ESENCIALES DE LOS BIENES Y SERVICIOS, CONDICIONES DE COMERCIALIZACIÓN Y OTRAS CIRCUNSTANCIAS RELEVANTES
PUBLICIDAD ENGAÑOSA
LA PUBLICIDAD ENGAÑOSA PUEDE SER UNA VIOLACIÓN DE LAS LEYES DE PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR
LOS CONSUMIDORES TIENEN ACCESO A ACCIONES LEGALES PARA PROTEGER SUS DERECHOS, COMO LA RESCISIÓN DE CONTRATOS, INDEMNIZACIONES POR DAÑOS Y PERJUICIOS Y RESOLUCIÓN DE DISPUTAS
LAS NORMAS QUE REGULAN LAS RELACIONES DE CONSUMO DEBEN APLICARSE E INTERPRETARSE DE MANERA FAVORABLE AL CONSUMIDOR
LOS CONTRATOS DE CONSUMO SE INTERPRETAN EN EL SENTIDO MÁS FAVORABLE AL CONSUMIDOR Y EN CASO DE DUDA, SE ADOPTA LA INTERPRETACIÓN MENOS GRAVOSA PARA ÉL
EL PROVEEDOR TIENE LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR INFORMACIÓN PRECISA Y DETALLADA AL CONSUMIDOR DE MANERA GRATUITA
LOS DERECHOS RESULTANTES DE LOS CONTRATOS SON UNA PARTE INTEGRAL DEL DERECHO DE PROPIEDAD
UNILATERALES Y BILATERALES
LOS CONTRATOS SON UNILATERALES CUANDO UNA PARTE SE OBLIGA HACIA LA OTRA SIN RECIPROCIDAD, MIENTRAS QUE SON BILATERALES CUANDO AMBAS PARTES SE OBLIGAN RECÍPROCAMENTE
ONEROSOS Y GRATUITOS
LOS CONTRATOS ONEROSOS IMPLICAN UN SACRIFICIO POR AMBAS PARTES, MIENTRAS QUE LOS GRATUITOS IMPLICAN UNA VENTAJA SIN UN SACRIFICIO CORRESPONDIENTE
CONMUTATIVOS Y ALEATORIOS
LOS CONTRATOS CONMUTATIVOS IMPLICAN VENTAJAS CIERTAS PARA AMBAS PARTES, MIENTRAS QUE LOS ALEATORIOS INVOLUCRAN UN ELEMENTO DE INCERTIDUMBRE
FORMALES Y NOMINADOS
LOS CONTRATOS FORMALES REQUIEREN UNA FORMA ESPECÍFICA PARA SU VALIDEZ Y LOS NOMINADOS ESTÁN ESPECÍFICAMENTE REGULADOS POR LA LEY
LAS PARTES PUEDEN EJERCER SU AUTONOMÍA DE VOLUNTAD EN LA CELEBRACIÓN DE CONTRATOS, SIEMPRE Y CUANDO NO SUPEREN LOS LÍMITES ESTABLECIDOS POR EL ORDEN PÚBLICO, LA MORAL Y LAS BUENAS COSTUMBRES