Prohibición Incondicional de la Tortura y Respeto a la Dignidad Humana
La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes son inaceptables y constituyen violaciones flagrantes de los derechos humanos. Estas prácticas están prohibidas de manera absoluta en cualquier circunstancia, sin excepciones ni justificaciones, incluyendo situaciones de guerra, emergencia o bajo órdenes de autoridades superiores. Este principio refleja el compromiso de la comunidad internacional con el respeto a la dignidad inherente de todos los seres humanos y la integridad de la persona.Libertad y Seguridad de la Persona: Salvaguardas Contra la Detención Arbitraria
La libertad y seguridad personal son derechos humanos fundamentales que protegen a las personas de detenciones y encarcelamientos arbitrarios, así como de lesiones físicas o psicológicas. Estos derechos se aplican a todas las personas, incluyendo a aquellas en detención preventiva o retenidas por razones de salud mental, inmigración, entre otras. Las restricciones a la libertad de movimiento deben estar fundamentadas en la ley y justificadas por razones legítimas como la seguridad nacional, el orden público, la salud pública o la protección de los derechos y libertades de terceros.Administración de Justicia y el Derecho a un Proceso Justo
La administración de justicia es un pilar del estado de derecho y es crucial para la protección de los derechos humanos. El derecho a un proceso justo y equitativo es un derecho humano básico que exige garantías procesales adecuadas para asegurar que todas las personas tengan acceso a la justicia en igualdad de condiciones y sean tratadas con imparcialidad y sin discriminación por las autoridades judiciales.El Derecho a la Intimidad y la Autonomía Personal
El derecho a la intimidad es un componente esencial de la libertad individual, protegiendo la identidad personal, la autonomía y la capacidad de vivir de acuerdo con las propias convicciones y preferencias. Este derecho multifacético incluye la libertad de retirarse del escrutinio público, la protección de la vida familiar y del hogar, y el derecho a la individualidad y a la expresión de la misma. Las autoridades deben ponderar este derecho frente a intereses públicos legítimos, como la seguridad nacional y la protección del orden público y los derechos de otros.Libertad de Circulación y Elección de Residencia
La libertad de circulación es un derecho humano que permite a las personas moverse libremente y elegir su lugar de residencia dentro de un Estado, siempre que cumplan con los requisitos legales de residencia. Este derecho puede ser restringido por motivos de seguridad nacional, orden público, salud pública, moral o para la protección de los derechos y libertades de otros, siempre que dichas restricciones sean proporcionadas y establecidas por ley.Libertad de Pensamiento, Conciencia y Religión: Un Derecho Fundamental
La libertad de pensamiento, conciencia y religión es un derecho humano inalienable que protege la esfera más íntima de la persona contra la coacción o interferencia estatal. Este derecho incluye la libertad de adoptar, cambiar o renunciar a una religión o creencia, y aunque la manifestación de estas creencias en público puede estar sujeta a restricciones por razones legítimas, el derecho interno a la libertad de pensamiento y conciencia es absoluto y no puede ser restringido.Libertad de Opinión y Expresión: Fundamentos de una Sociedad Democrática
La libertad de opinión es una libertad inalienable, mientras que la libertad de expresión puede estar sujeta a ciertas restricciones necesarias en una sociedad democrática. Estos derechos son vitales para el debate público, el intercambio de ideas y la crítica, y son esenciales para la formación de organizaciones como sindicatos y partidos políticos. La libertad de expresión es un indicador clave del nivel de respeto por los derechos humanos en una sociedad.Derechos de Reunión Pacífica y de Asociación
Los derechos de reunión pacífica y de asociación son componentes cruciales de la participación cívica en una democracia. Estos derechos permiten a las personas organizar reuniones y formar grupos o asociaciones, siempre que se realicen de manera pacífica y respeten el orden público y los derechos de otros. Las restricciones a estos derechos deben ser proporcionales, necesarias en una sociedad democrática y establecidas por ley.Participación en la Vida Pública: Un Derecho Democrático Esencial
El derecho a participar en la vida pública es un componente fundamental de la democracia, permitiendo a los ciudadanos influir en las decisiones políticas y en la conformación de su gobierno. Este derecho abarca la participación en general en la vida cívica, el derecho a votar y ser elegido en elecciones libres y justas, y el acceso equitativo a la función pública. La participación activa de los ciudadanos es vital para la legitimidad y efectividad de las políticas gubernamentales y el fortalecimiento de la gobernanza democrática.