El derecho empresarial distingue entre personas físicas y jurídicas, cada una con diferentes responsabilidades y obligaciones. Las formas jurídicas empresariales, como la sociedad anónima y la responsabilidad limitada, afectan la responsabilidad ante deudas y las cargas fiscales. Los autónomos, incluyendo los TRADE, enfrentan responsabilidad ilimitada y tributan a través del IRPF, mientras que las sociedades lo hacen mediante el IS. La protección social y las restricciones para autónomos, así como la figura del emprendedor de responsabilidad limitada, son aspectos clave en la gestión empresarial.
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Individuos con derechos y obligaciones
Definición
Entidades con capacidad legal para ejercer derechos y contraer obligaciones de manera independiente a sus miembros
Tipos
Sociedad anónima (S.A.), sociedad de responsabilidad limitada (S.L.), cooperativa
Entes colectivos reconocidos por la ley como sujetos de derecho distintos de sus fundadores o socios
Persona que realiza su actividad económica de forma individual
Autónomo tradicional
Persona que realiza su actividad económica de forma individual
Autónomo económicamente dependiente (TRADE)
Persona que obtiene al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente
Paso crítico que afecta la responsabilidad de los socios ante las deudas empresariales
Empresario individual o autónomo
Responsabilidad ilimitada, su patrimonio personal puede ser comprometido para satisfacer deudas empresariales
Sociedad de responsabilidad limitada
Responsabilidad limitada al capital aportado, protegiendo el patrimonio personal de las deudas de la sociedad
Formas de responsabilidad
Subsidiaria y solidaria
La estructura jurídica de una empresa conlleva importantes consecuencias fiscales
Autónomos
Tributan a través del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)
Sociedades
Sujetos al impuesto sobre sociedades (IS)
Incentivos y tipos reducidos para entidades de nueva creación y cooperativas
Persona que realiza una actividad económica de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia
Persona que mantiene su autonomía en la organización de su trabajo y obtiene al menos el 75% de sus ingresos de un único cliente
Ser mayor de edad o menor emancipado con capacidad de obrar
Responsabilidad patrimonial
Ilimitada y personal, salvo en el caso del emprendedor de responsabilidad limitada
Capital mínimo
No se exige un capital mínimo para iniciar la actividad
Inscripción en el impuesto sobre actividades económicas (IAE)
Obligatoria aunque están exentos del pago
Afiliación al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)
Obligatoria y deben abonar las cuotas correspondientes a la Seguridad Social
Incluye coberturas por incapacidad temporal, jubilación, muerte y supervivencia, prestaciones por maternidad/paternidad y por cese de actividad
Estar incurso en un procedimiento concursal, ejercer funciones judiciales o fiscales, ser empleado público con incompatibilidades o gestionar fondos estatales, entre otros
Permite al autónomo proteger su vivienda habitual de las deudas empresariales
Inscribir la vivienda en el Registro Mercantil y en el Registro de la Propiedad
No aplicable en casos de fraude o negligencia grave y no protege frente a deudas tributarias o de Seguridad Social
Obligatorio para el emprendedor de responsabilidad limitada