El Código Penal Militar Boliviano regula la conducta de los miembros de las Fuerzas Armadas y establece jurisdicción sobre delitos militares y civiles relacionados. Incluye principios como la retroactividad de la ley más favorable, causas de justificación como la legítima defensa, y regula la culpabilidad, atenuantes y agravantes en la imposición de penas. Además, aborda la extinción de la acción penal, la rehabilitación y la responsabilidad por error judicial.
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El Código Penal Militar se aplica a los delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas en acto de servicio o en relación con el mismo
El Código Penal Militar se extiende a los delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas en instalaciones militares o en cualquier lugar del territorio nacional
El Código Penal Militar se aplica a los delitos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas en tiempos de guerra
El Código Penal Militar reconoce la posibilidad de que un delito sea juzgado en una jurisdicción extranjera
En caso de sentencia en una jurisdicción extranjera, se considerará la parte de la pena ya cumplida
Los miembros de las Fuerzas Armadas bolivianas no pueden ser extraditados a otro país, a menos que exista un tratado internacional o convenio que así lo disponga
Se aplica la ley penal más favorable al acusado en caso de que la legislación vigente sea más benigna que la que regía al tiempo de la comisión del delito
Si durante la ejecución de la pena entra en vigor una ley más benigna, será esta la que se aplique al condenado
El Código Penal Militar se aplica a civiles en casos de delitos que incidan directamente en la institución militar o en delitos perpetrados en el extranjero que repercutan en la jurisdicción militar boliviana
El Código Penal Militar establece causas de justificación como la legítima defensa, el estado de necesidad y el cumplimiento de un deber legal
Un exceso en la respuesta defensiva no es justificable y puede derivar en una sanción por delito culposo
Se reconocen causas de inculpabilidad como el error de hecho invencible y la coacción o amenaza grave que elimine la libertad de acción del individuo
El Código Penal Militar detalla circunstancias atenuantes como la presentación espontánea ante la justicia o la conducta previa honorable
Existen circunstancias agravantes como la comisión del delito contra un superior o con alevosía
Los tribunales militares deben tener en cuenta estas circunstancias al momento de dictar sentencia y se establece que los cómplices reciben penas menores en comparación con el autor principal del delito
La acción penal en el ámbito militar boliviano se extingue por varias causas como la muerte del imputado, el cumplimiento de la condena, el indulto, la amnistía y la prescripción
Los plazos de prescripción pueden ser interrumpidos por actos procesales o la comisión de un nuevo delito
El Código Penal Militar regula la conmutación de la pena de muerte por la de prisión y establece las condiciones bajo las cuales se pueden otorgar el indulto y la amnistía
El Código Penal Militar permite la rehabilitación de aquellos condenados a penas que impliquen la pérdida de honores y derechos bajo determinadas condiciones y después de cumplidos ciertos plazos
En casos de error judicial, se prevé la rehabilitación plena y la restitución de bienes y honores perdidos, siendo la responsabilidad económica atribuible a la parte civil, la acusadora o el Estado