Los contratos mercantiles establecen derechos y obligaciones entre partes, regulados por normativas como el Código de Comercio. Incluyen cláusulas generales y protegen al consumidor, ofreciendo ventajas en la contratación electrónica y claridad en la contratación internacional con los INCOTERMS.
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Los contratos mercantiles son acuerdos de voluntades que generan derechos y obligaciones entre las partes
Los contratos mercantiles se encuentran regulados principalmente por el Código de Comercio y otras normativas específicas
Los contratos mercantiles se basan en el principio de autonomía de la voluntad, que permite a las partes definir libremente el contenido y forma de su relación contractual dentro de los límites de la ley
La perfección de un contrato mercantil ocurre cuando las partes manifiestan su consentimiento, que puede ser expreso o tácito
Se entiende que hay aceptación cuando se coincide en la cosa y el precio
Los intermediarios, como agentes o corredores, facilitan la comunicación entre las partes pero no tienen poder de representación legal, su función es meramente de intermediación para la celebración del contrato
En el ámbito mercantil, la forma de los contratos suele ser libre, lo que significa que su validez no depende de cumplir con formalidades específicas
Hay excepciones en las que se requiere escritura pública o el cumplimiento de formalidades particulares para que el contrato sea eficaz, como en el caso de ciertos contratos de crédito o de seguros
Cuando un contrato mercantil se celebra en otro país, es necesario observar las leyes extranjeras aplicables para determinar las formalidades requeridas
La interpretación de los contratos mercantiles se realiza conforme a las normas del Derecho Civil, con el objetivo de determinar la verdadera intención de las partes y el sentido de sus declaraciones
La eficacia de un contrato mercantil se basa en esta interpretación y puede resultar en su plena validez o en su ineficacia
La ineficacia puede ser absoluta, como en el caso de la nulidad, o relativa, como en la anulabilidad, y puede surgir de la falta de un verdadero acuerdo de voluntades