Tipos de Contratos Laborales y su Duración
La normativa laboral colombiana distingue diferentes tipos de contrato de trabajo en función de su duración: el contrato a término indefinido, que no tiene una fecha de finalización predeterminada; el contrato a término fijo, que puede extenderse hasta un máximo de tres años, renovable; el contrato por obra o labor, que se vincula con la duración de una tarea o proyecto específico; y el contrato ocasional, concebido para trabajos de duración menor a un mes y que no corresponden a las actividades habituales de la empresa. Estas modalidades contractuales ofrecen flexibilidad para adaptarse a las necesidades tanto de los empleadores como de los trabajadores.Remuneración y Beneficios Laborales
En Colombia, el salario mínimo legal mensual vigente establece la remuneración mínima que debe recibir un trabajador. Además del salario base, los trabajadores pueden recibir beneficios adicionales que no se consideran parte del salario, como bonificaciones por alimentación y vestuario, siempre que no se entreguen como contraprestación directa del trabajo. Los trabajadores que perciben hasta dos veces el salario mínimo tienen derecho a beneficios adicionales como subsidio de transporte y dotación de vestuario de trabajo, lo cual contribuye a mejorar su calidad de vida y bienestar laboral.Sistema de Seguridad Social y Prestaciones Sociales
En Colombia, los empleadores tienen la obligación de realizar aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, que comprende coberturas de pensiones, salud y riesgos laborales. Además, deben proveer prestaciones sociales como el auxilio de cesantías y la prima de servicios, que son derechos irrenunciables de los trabajadores. La afiliación al sistema de seguridad social es obligatoria para los trabajadores nacionales y extranjeros residentes, salvo que estos últimos estén cubiertos por un régimen pensional en su país de origen y así lo demuestren, en cuyo caso la afiliación es voluntaria.Regulación de la Jornada Laboral y Remuneración por Horas Extras
La jornada laboral en Colombia está en proceso de reducción progresiva, pasando de 48 a 42 horas semanales para el año 2026. Esta disminución de la jornada laboral implica un incremento en el valor de la hora ordinaria de trabajo, lo que repercute en el cálculo de las horas extras y los recargos correspondientes. La legislación laboral establece que la reducción de la jornada no debe afectar negativamente la remuneración salarial ni las prestaciones de los trabajadores. Aquellos que laboren más allá de la jornada máxima establecida tienen derecho a recibir una compensación adicional por horas extras, con recargos diferenciados para las horas trabajadas en horario diurno y nocturno.Protección contra el Acoso Laboral
El acoso laboral, caracterizado por comportamientos persistentes y malintencionados que causan daño psicológico o emocional a los trabajadores, está estrictamente prohibido en Colombia. La Ley 1010 de 2006 detalla las conductas que se consideran acoso laboral y establece las obligaciones de los empleadores para prevenir, corregir y sancionar estas prácticas. La normativa busca asegurar un ambiente de trabajo digno, seguro y libre de hostigamiento, promoviendo el respeto y la integridad de todos los empleados.