Las personas jurídicas, entidades con capacidad para derechos y obligaciones, se clasifican en públicas y privadas. Poseen atributos como nombre y domicilio, y su existencia legal puede concluir mediante disolución y liquidación. Este proceso implica saldar deudas y distribuir activos remanentes, siendo manejado por un liquidador.
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Las personas jurídicas son entes colectivos que tienen la capacidad de adquirir derechos y contraer obligaciones
A diferencia de las personas físicas, las personas jurídicas no tienen existencia material y su naturaleza es puramente legal
Las personas jurídicas se constituyen mediante la unión de personas físicas o jurídicas y se reconocen legalmente a través de su inscripción en el registro correspondiente
Según esta teoría, las personas jurídicas son una creación del Derecho y tienen capacidad jurídica gracias a una ficción legal
Esta teoría sostiene que las personas jurídicas son reconocidas por el Estado siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la ley
Estas teorías proporcionan el fundamento para que las personas jurídicas puedan ser titulares de derechos y obligaciones de la misma manera que las personas físicas
Son creadas o reconocidas por la ley y comprenden al Estado, sus divisiones administrativas y las entidades descentralizadas
Emergen de la iniciativa de particulares y se organizan para la realización de intereses colectivos o privados
Entre estas se encuentran las sociedades mercantiles, asociaciones y fundaciones
Las personas jurídicas tienen atributos como el nombre, domicilio, capacidad, nacionalidad y un patrimonio separado de sus miembros
La capacidad de actuar de las personas jurídicas está limitada a su objeto social y se ejerce a través de sus representantes legales
Además de su capacidad jurídica, las personas jurídicas también gozan de derechos fundamentales como el derecho a la reputación y al debido proceso legal
La disolución y liquidación marcan el fin de la existencia legal de las personas jurídicas, un proceso similar al deceso de las personas físicas
Una vez disuelta, la entidad mantiene una capacidad jurídica limitada enfocada en la liquidación de su patrimonio
Durante la liquidación, se designa un liquidador responsable de la representación legal de la persona jurídica hasta su extinción definitiva