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Derechos reales en el Derecho Romano

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Los derechos reales en el Derecho Romano establecen una relación directa entre personas y cosas, incluyendo la propiedad y derechos menores como servidumbres y usufructo. Se detalla la adquisición, protección y extinción de la propiedad, así como las restricciones impuestas por el interés social y la expropiación por utilidad pública.

Concepto y Clasificación de los Derechos Reales en el Derecho Romano

En el Derecho Romano, los derechos reales se definen como las relaciones jurídicas directas entre una persona y una cosa, caracterizándose por su limitado número y su oponibilidad erga omnes, es decir, frente a todos. Estos derechos incluyen la propiedad (dominium) y los derechos menores sobre cosas ajenas, como las servidumbres, el usufructo, la superficie y la hipoteca. La propiedad es el derecho más amplio y permite al titular el uso, disfrute y disposición de la cosa. Las servidumbres, por su parte, se clasifican en personales, que benefician a una persona específica, y prediales o reales, que benefician a un predio. El pretor, una figura jurídica romana, podía otorgar protección a través de acciones in rem, lo que permitió el desarrollo de nuevos derechos reales adaptados a las necesidades sociales y económicas de la época.
Estatua de mármol blanco de jurista romano en toga, con expresión seria, rodeada de columnas corintias y bóveda, iluminada por luz natural.

Elementos y Características del Derecho de Propiedad

El derecho de propiedad en el Derecho Romano es el más completo de los derechos reales y se manifiesta a través de tres facultades: el ius utendi (uso), el ius fruendi (disfrute) y el ius abutendi (disposición). El uso permite al propietario servirse de la cosa sin alterar su sustancia, mientras que el disfrute incluye el derecho a percibir los frutos de la cosa. La disposición autoriza al propietario a consumir, transformar o transferir la cosa. A pesar de la aparente absolutidad del derecho de propiedad, existen limitaciones impuestas por el interés social, como normas de vecindad, restricciones urbanísticas y la posibilidad de expropiación por causa de utilidad pública, siempre con la correspondiente indemnización.

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00

Características de la propiedad (dominium)

Derecho más amplio, permite uso, disfrute y disposición de la cosa.

01

Tipos de servidumbres

Personales: benefician a persona específica. Prediales: benefician a un predio.

02

Función del pretor en protección de derechos reales

Otorgaba acciones in rem para proteger y adaptar derechos reales a necesidades sociales y económicas.

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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