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Fundamentos de la Ley 1523 de 2012 en Colombia

La Ley 1523 de 2012 en Colombia es fundamental para la gestión del riesgo de desastres, involucrando a entidades gubernamentales y ciudadanía en la prevención y respuesta ante emergencias. Establece principios como igualdad y solidaridad, y requiere la creación de planes y sistemas de información para una ejecución efectiva.

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1

Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD)

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Estructura creada por la Ley 1523 de 2012 para coordinar la gestión del riesgo de desastres en Colombia.

2

Componentes de la gestión del riesgo según Ley 1523 de 2012

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Incluye conocimiento del riesgo, mitigación del riesgo, y respuesta ante desastres.

3

Inclusión de la gestión del riesgo en políticas públicas

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La ley integra la gestión del riesgo en la planificación territorial y la gestión ambiental.

4

Todas las ______ gubernamentales y ______ privadas deben participar en la gestión del riesgo según sus capacidades.

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entidades organizaciones

5

La gestión del riesgo incluye la ______ y ______ del riesgo, así como el manejo de ______ de desastre.

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identificación comprensión situaciones

6

Los ______ deben contribuir a la gestión del riesgo con ______ y ______, y acatar las instrucciones de las autoridades.

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ciudadanos prudencia solidaridad

7

Igualdad en gestión del riesgo

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Asistencia equitativa y trato justo en emergencias.

8

Autoconservación en desastres

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Individuos y entidades toman medidas proactivas de autoprotección.

9

Participación comunitaria

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Comunidad involucrada activamente en gestión del riesgo.

10

La ______ 1523 describe la composición del SNGRD, que incluye a entidades gubernamentales, el sector privado y la sociedad civil.

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Ley

11

Las corporaciones autónomas regionales y las autoridades ambientales locales tienen el deber de ______ en la gestión del riesgo en sus áreas.

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colaborar

12

Los ______ y ______ son parte de los órganos de dirección del SNGRD y tienen responsabilidades específicas.

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Gobernadores Alcaldes

13

Elaboración de planes de gestión del riesgo

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Responsabilidad de gobiernos nacional, departamental y municipal para crear e implementar planes con acciones y programas contra desastres.

14

Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

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Documento principal que define metas, programas, responsables y presupuestos a nivel nacional para la gestión del riesgo.

15

Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres

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Entidad encargada de desarrollar el Plan Nacional y coordinar su aprobación con el Consejo Nacional y el Presidente o su delegado.

16

La ley promueve la formación de un ______ ______ de ______ para la ______ del ______ de ______, gestionado por la ______ ______ para la ______ del ______ de ______.

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Sistema Nacional Información Gestión Riesgo Desastres Unidad Nacional Gestión Riesgo Desastres

17

Las autoridades de niveles ______, ______, ______ y ______ deben crear sistemas de información que se ______ con el sistema ______, respetando la ______ y el manejo ______ de la información.

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regional departamental distrital municipal sincronicen nacional confidencialidad adecuado

Preguntas y respuestas

Aquí tienes una lista de las preguntas más frecuentes sobre este tema

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Fundamentos de la Ley 1523 de 2012 en Colombia

La Ley 1523 de 2012 constituye la piedra angular de la política nacional de gestión del riesgo de desastres en Colombia, estableciendo el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD). Este marco legal integral contempla la planificación, implementación, monitoreo y evaluación de estrategias continuas para el conocimiento y la mitigación del riesgo, así como para la respuesta efectiva ante desastres. Su propósito es proteger la vida, bienes y entorno de los ciudadanos, contribuyendo a una mejor calidad de vida y fomentando un desarrollo sostenible. La ley reconoce la gestión del riesgo como una política pública prioritaria, intrínsecamente ligada a la planificación territorial y la gestión ambiental, e involucra a todos los niveles de gobierno y a la sociedad civil en su ejecución.
Equipo de protección civil en uniformes naranjas y chalecos reflectantes trabajando en zona urbana tras desastre natural, coordinados por persona con casco y megáfono, instalando lona azul y portando botiquines de primeros auxilios.

Obligaciones en la Gestión del Riesgo

La Ley 1523 de 2012 distribuye la responsabilidad de la gestión del riesgo entre todas las autoridades y ciudadanos del territorio nacional. Las entidades gubernamentales, organizaciones privadas y grupos comunitarios están obligados a desarrollar y llevar a cabo procesos de gestión del riesgo acordes con sus capacidades y jurisdicciones. Esto abarca la identificación y comprensión del riesgo, su reducción y el manejo adecuado de situaciones de desastre. Los ciudadanos, en su papel de corresponsables, deben actuar con prudencia y solidaridad, protegiendo su integridad y propiedades, y siguiendo las directrices de las autoridades competentes.

Principios Directrices de la Gestión del Riesgo

La legislación establece seis principios fundamentales para la gestión del riesgo: igualdad, protección, solidaridad social, autoconservación, participación y respeto por la diversidad cultural. Estos principios aseguran que todas las personas reciban asistencia equitativa y un trato justo en situaciones de emergencia, que se salvaguarden los derechos y propiedades de los afectados, que se fomente la solidaridad en la respuesta a desastres, que cada individuo y entidad tome medidas proactivas de autoprotección, que se promueva la participación activa de la comunidad en la gestión del riesgo y que se honren las diferencias culturales en la implementación de las estrategias de gestión.

Estructura del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres

La Ley 1523 detalla la estructura del SNGRD, compuesta por entidades gubernamentales de distintos niveles, el sector privado y la sociedad civil. Los órganos de dirección del sistema incluyen al Presidente de la República, al Director de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, a los Gobernadores y a los Alcaldes, cada uno con responsabilidades específicas en su ámbito de competencia. Se establece, además, que las corporaciones autónomas regionales y las autoridades ambientales locales deben colaborar en la implementación de las políticas y acciones de gestión del riesgo en sus respectivas jurisdicciones.

Planificación y Estrategias de Gestión del Riesgo

Los planes de gestión del riesgo son instrumentos esenciales para la aplicación efectiva de la ley. Los gobiernos nacional, departamental y municipal deben elaborar e implementar dichos planes, que contemplan acciones prioritarias y programas específicos para la reducción del riesgo y la gestión de desastres. El Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres es el documento rector que establece metas, programas, responsables y presupuestos para la gestión del riesgo a nivel nacional. Este plan debe ser desarrollado por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y aprobado por el Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, con la participación del Presidente de la República o su delegado.

Sistemas de Información en la Gestión del Riesgo

La ley impulsa la creación de un Sistema Nacional de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres, administrado por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres. Este sistema debe consolidar y actualizar la información proveniente de todas las entidades del Estado y territoriales sobre riesgos y respuestas a emergencias. Asimismo, se exige que las autoridades a nivel regional, departamental, distrital y municipal establezcan sistemas de información locales que se sincronicen con el sistema nacional, garantizando la confidencialidad y el uso adecuado de los datos, en conformidad con las normativas de habeas data y la seguridad nacional.