El Código Disciplinario del Abogado en Colombia establece las normas éticas y disciplinarias para la profesión legal. Incluye principios como la antijuridicidad y la culpabilidad, y define el ámbito de aplicación y sujetos disciplinables. Aborda las faltas disciplinarias, sus exclusiones y la extinción de acciones y sanciones, así como los deberes e incompatibilidades de los abogados en el ejercicio de su profesión.
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La autoridad para juzgar las conductas indebidas es del Estado a través de las Salas Jurisdiccionales Disciplinarias
Implica una violación de los deberes profesionales sin justificación
Se sancionan solo las faltas cometidas intencionalmente o por negligencia
Los abogados en activo, excluidos o suspendidos, con licencia provisional y funcionarios públicos que ejercen labores relacionadas con la abogacía están sujetos a investigación y sanción
Los estudiantes de derecho que trabajan en consultorios jurídicos universitarios deben cumplir con reglamentos específicos
Son acciones u omisiones que infringen las normas del Código y son sancionables cuando se realizan con dolo o negligencia
La fuerza mayor, el actuar bajo un deber legal superior, el ejercicio legítimo de un derecho o la coacción irresistible pueden excluir la responsabilidad disciplinaria
Los abogados deben respetar la Constitución y las leyes, promover los derechos humanos, mantenerse actualizados en su área de conocimiento, actuar con lealtad y honestidad, preservar la confidencialidad de la información y evitar conflictos innecesarios
Los abogados deben cumplir con obligaciones específicas en la gestión de los asuntos confiados, como la independencia en el ejercicio profesional y la prohibición de aceptar encargos sin un paz y salvo por honorarios previos
Se definen incompatibilidades para garantizar la imparcialidad y la ética en la práctica legal