La protección del derecho de crédito y la responsabilidad patrimonial universal son esenciales en las relaciones de acreedor y deudor. El Código Civil establece que el deudor responde con todos sus bienes, presentes y futuros, para el cumplimiento de sus obligaciones. Se ofrecen garantías reales, como la hipoteca, y personales, como la fianza, para asegurar el crédito. Además, existen medidas conservativas como las acciones subrogatoria y pauliana para proteger los intereses del acreedor.
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El deudor responde con todos sus bienes para cumplir sus obligaciones
Garantías reales
Conferir al acreedor un derecho de preferencia y persecución sobre bienes concretos del deudor
Garantías personales
Basadas en la intervención de un tercero que asume la obligación de responder por la deuda
Acción subrogatoria
Permite al acreedor ejercitar los derechos y acciones del deudor para recuperar lo adeudado
Acción pauliana
Faculta a los acreedores a impugnar actos fraudulentos del deudor para reintegrar bienes al patrimonio del deudor
Permite al acreedor ejercitar derechos y acciones del deudor para incrementar su patrimonio y satisfacer la deuda
Habilita al acreedor a reclamar el pago directamente de los deudores de su propio deudor